La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia comienza a analizar la causa que investiga el naufragio del submarino ARA San Juan. Los jueces Javier Leal De Ibarra, presidente, Aldo Suárez, vicepresidente, Hebe Corchuelo de Huberman, vocal son los encargados de revisar los puntos cuestionados por las partes (procesados y querellantes), quienes interpusieron recursos de apelación a la sentencia de primera instancia dictada por la jueza federal de Caleta Olivia, Marta Yáñez.
La agenda señala una audiencia el próximo 26 de marzo para escuchar exposiciones de la fiscalía, querellantes y procesados. El tribunal de alzada no tiene plazo para expedirse, aunque la sensibilidad del caso investigado podría agilizar el tiempo a pesar de que la causa involucra la lectura y ponderación de cientos de carpetas.
En su fallo, la jueza imputó y procesó a 6 marinos por el delito de “estrago culposo agravado por el resultado de muerte”, los acusó de “incumplimiento de los deberes de funcionario público” y “omisión de deberes del oficio”. Los procesamientos de Yáñez , fechados el 31 de enero pasado, alcanzaron al capitán de corbeta Jorge Sulía, exjefe de Logística del Comando de la Fuerza de Submarinos; al capitán de fragata Hugo Correa, exjefe de Operaciones de esa unidad; al capitán de navío Héctor Alonso, exjefe de Estado Mayor de la Fuerza de Submarinos; al contralmirante Luis López Mazzeo, titular del Comando de Adiestramiento y Alistamiento; al capitán de navío Claudio Villamide, comandante de la Fuerza de Submarinos; y al contralmirante Eduardo Luis Malchiodi, exjefe de Mantenimiento y Arsenales de la Armada.
Las apelaciones en trazo grueso ponen el ojo en la falta de una pericia ordenada por la jueza sobre las pruebas fotográficas y fílmicas que obtuvo la empresa Ocean Infinity, luego de hallar los restos del submarino a más de 900 metros de profundidad, que no se conoce ni se determinaron las causas del naufragio, entonces no sería posible establecer un nexo entre las supuestas negligencias y el resultado de estrago y muerte tribuido a los procesados. También sostienen que las presuntas fallas y novedades registradas en navegaciones anteriores, o bien estaban resueltas o no eran críticas para la seguridad de los tripulantes y su nave. Por caso citan, entre otras, una prueba clave: el astillero alemán Thyssen, fabricante del submarino, respondió una a una las preguntas libradas por exhorto desde el tribunal de Caleta Olivia en relación con las novedades de mantenimiento y su impacto en la seguridad náutica, y ninguna determinó que el navío podía estar en condiciones de riesgo para la navegación o sus tripulantes. La magistrada puso el foco en el retraso (45 meses) de la entrada a dique seco para la revisión del casco (carenado). El astillero respondió que “no tiene una influencia directa en el gobierno del submarino en inmersión en términos de la seguridad en la navegación”.
En otro punto, la jueza interroga a Thyssen sobre qué método se utiliza para saber si una unidad tipo TR-1700 se encuentra habilitada para navegar/operar y recibe por respuesta: “depende de los estándares que fije la Armada respectiva”. El expediente revela que la Armada tiene homologado el Índice de Calificación del Estado de Material (ICEM) una planilla de confección periódica que registra las novedades de todos los mecanismos y sistemas de las unidades operativas y cuyo resultado final es la calificación de “buque habilitado o no habilitado” convalidada por la firma del comandante de la unidad.
El eje del fallo de Yáñez tiene un escollo de peso. El propio comandante del San Juan, capitán de navío post mortem, Pedro Fernández, firmó el Informe N°07/17 “S”, Letra: SUSJ, 3FY de fecha 5 de septiembre de 2017, Índice de Calificación del Estado del Material (ICEM), la evaluación sobre el estado del submarino, dando cuenta que se encontraba “en condiciones de navegabilidad”, buque habilitado. La Justicia y la política comparten una espina; dar respuesta a los deudos y a la sociedad sobre una tragedia ocurrida en la profundidad del mar de la que no se conoce (y no podrá conocerse) qué la ocasionó. Expiatorius, bíblico vocablo del latín, será como desde entonces la solución para satisfacer la necesidad de condena ante la imposibilidad de fundamentar quiénes son los culpables. Chivos de sacrificio: la cadena de comando hasta el último oficial con destino en tierra, un capitán de corbeta que sólo gestionaba la burocracia de las órdenes de reparaciones en la Fuerza de Submarinos. No incluyó la jueza Yáñez en el expiatorius al exministro de Defensa, Oscar Aguad, ni al expresidente Mauricio Macri. Diez familias de submarinistas fallecidos nucleadas en la querella del abogado Luis Tagliapietra, padre de uno de los tripulantes, apelaron la decisión de la jueza, piden en el escrito dirigido a la Cámara que sean imputados y procesados Macri y Aguad. En ese sentido, el ministro de Defensa, Agustín Rossi, ha manifestado en declaraciones públicas: “El fallo va en el sentido que los niveles de responsabilidad llegan hasta quien era el comandante de Alistamiento, que era el número 3 de Armada en ese momento. Inclusive el fallo tampoco involucra a quien era el jefe de la Armada” (n.r. el almirante Marcelo Srur). Entonces la jueza estaciona el nivel de responsabilidades no solamente debajo de la responsabilidad política del ministro, sino también del propio jefe de la Armada”. El ministro estableció una diferencia entre “el grado de responsabilidad desde el punto de vista jurídico en lo penal que considera la jueza con los grados de responsabilidad política, que me parece que son claramente dedicados a aquellos que son responsables políticamente”.
Fuente: diario Ámbito