Así lo dispuso el Gobierno Nacional mediante el Boletín Oficial al actualizar el sistema laboral dispuesto por la pandemia de coronavirus.
Las y los agentes de las jurisdicciones, entidades y organismos de la administración pública nacional, empresas y sociedades del Estado que tengan hijos a cargo de hasta 13 años o con Certificado Único de Discapacidad (CUD) «deberán realizar sus tareas de modo remoto», según la Decisión Administrativa 1/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Ayer las autoridades adelantaron las nuevas disposiciones al actualizar el sistema laboral en virtud del aumento de contagios registrados en todo el país, en el marco de la pandemia de coronavirus.
La decisión, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro del Interior, Eduardo de Pedro, sustituye el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 390 del 16 de marzo de 2020, que dispuso en un primer momento una licencia de 14 días, recién iniciada la pandemia.
Las autoridades consideraron que «es necesaria la adecuación de la norma» en virtud de que «continúan las limitaciones en actividades de esparcimiento grupal, guarderías y colonias de vacaciones».
«Por esto, resulta necesario establecer las modalidades de trabajo a las que se ajustarán los y las agentes que prestan servicios en la Administración Pública Nacional y tengan a su cargo menores de 13 años o cuenten con Certificado Único de Discapacidad», sostiene el texto.
La decisión establece también trabajo remoto para «quienes tengan a su cargo niñas o niños en guarda con fines de adopción».
Fuente: Minuto Uno