Anunciaron beneficios fiscales para autónomos, monotributistas y pymes

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció este viernes una serie de medidas para beneficiar a los trabajadores autónomos, monotributistas y pymes, que se suman a las que se lanzaron para los empleados en relación de dependencia. El anuncio, que se hizo en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA, incluye varios ejes.

Para los profesionales autónomos
a) Prórroga del pago del aporte personal de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

b) Prórroga del pago de IVA de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

c) Actualización de importes de la escala de retención del impuesto a las ganancias (Resolución General AFIP 830).

d) Nuevo monto no sujeto a retención de $ 160.000

Para profesionales inscriptos en el monotributo

Suspensión de las exclusiones por superar el límite de facturación hasta la actualización de la escala el año que viene y suspensión de baja automática por falta de pago (1 millón de profesionales monotributistas beneficiados).

Para las pymes

Plan de pago que permitirá a las PyMEs regularizar deuda con las siguientes condiciones:

a) 120 cuotas mensuales

b) Vigente hasta el 31/12/2023

c) Permite incluir Obligaciones vencidas hasta el 31/08/2023

d) Permite incluir planes caducos

e) Tasa de interés 4,14 mensual (70% de la tasa de Interés Resarcitorio)

Simplificación para los profesionales:

-Régimen opcional de pago de declaraciones juradas impositivas en enero de cada año para que el profesional pueda administrar su tiempo de descanso con la familia.

-Simplificación tributaria para micro y pequeñas empresas (proyecto de ley “Simple”)

a) Para los autónomos comerciantes, profesionales y que prestan servicios, el esquema Simple implicará que quienes tengan ingresos de hasta 15 SMVM mensuales (similar límite que el de los empleados que no pagan Mayores Ingresos) puedan optar por este régimen simplificado con las siguientes características:

b) Será un régimen distinto al de monotributo.

c) Un único pago mensual, que abarque seguridad social, IVA y Ganancias.

d) El pago se determinará como un porcentaje de la facturación.

Fuente: Infobae