A partir de ayer, lunes 1º de julio, las recetas y órdenes de estudios y prácticas médicas comenzarán a ser prescriptas obligatoriamente en formato electrónico. De esta manera, entrará en vigencia la Ley Nacional de Receta Electrónica, reglamentada a través del decreto 345/2024, determinando que el Ministerio de Salud de la Nación ponga en marcha el Plan de implementación de las recetas electrónicas y digitales.
La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas.
La cartera sanitaria tiene en agenda para esta semana comenzar un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios. Las actividades se realizarán a través de conversatorios y talleres.
Además, se desarrolló una página web de “Receta electrónica” en el sitio oficial del Ministerio, que cuenta con información detallada sobre la implementación de receta electrónica, con información general y específica para la comunidad, farmacias y profesionales de la salud. En la página también se ofrecen instructivos y se describen requisitos de inscripción, normativas, gestión de trámites, entre otros datos de interés.
También se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad una línea telefónica 0800 (0800-222-1002), y una casilla oficial de correo electrónico receta@msal.gov.ar
Fuente: DIB