La Justicia ordenó avanzar llevar a juicio oral a cuatro marinos acusados por el hundimiento del ARA San Juan, en el que murieron 44 personas en noviembre de 2017. Se trata de una elevación parcial, que los familiares cuestionaron. La investigación no está completa: todavía no pudieron realizarse las pericias submarinas en el lugar de la tragedia.
La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia ordenó este jueves que un tribunal oral juzgue al contraalmirante Luis Enrique López Mazzeo, quien en el momento de la tragedia era comandante de Adiestramiento y Alistamiento (máximo cargo operativo en la Armada); el capitán de navío Claudio Villamide, quien conducía la Fuerza de Submarinos; el capitán de navío Héctor Alonso y el capitán de fragata Hugo Miguel Correa. Están procesados por Incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte.
“No nos alcanza -dijo Luis Tagliapietra, padre de una de las víctimas y querellante en la causa-. Estamos lejos aún en nuestra búsqueda de verdad y la justicia”. Tagliapietra aseguró que la jueza a cargo “no ha realizado las pericias necesarias para saber la verdad ni ha investigado a los responsables políticos”. “Nos sentimos mal, sentimos que nos usan, manipulan y mienten, unos y otros sin importar demasiado el signo político. Nos falta justicia, nos falta la verdad”.
El 15 de noviembre de 2017, el submarino ARA San Juan de la Armada Argentina desapareció de las aguas del mar argentino, con 44 personas a bordo. La nave fue encontrada un año y dos días después por una empresa privada, muy cerca del punto de desaparición y en el lugar donde se suponía que se encontraba, a 907 m de profundidad. Estaba a unos 505 kilómetros del litoral marítimo argentino; en línea perpendicular con la costa de la localidad de Caleta Olivia, Provincia de Santa Cruz. La Justicia intenta determinar si existió responsabilidad penal por parte de las autoridades que posibilitaron que el submarino y sus 44 tripulantes, zarpara del Puerto de Mar del Plata el 24 de octubre de 2017 y no llegara a su destino.
Inicialmente, la jueza federal de Caleta Olivia Marta Yañez dictó el procesamiento, sin prisión preventiva, contra Luis Enrique López Mazzeo, Eduardo Luis Malchiodi, Claudio Javier Villamide, Héctor Aníbal Alonso, Hugo Miguel Correa y Jorge Andrés Sulia, como responsables del delito de Incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte, en concurso ideal.
La hipótesis de la causa sostiene que hubo un “incumplimiento imprudente que habría quebrado el deber de cuidado a cargo de los imputados en virtud del cargo o posición de mando que detentaban como oficiales superiores de la Armada Argentina, lo que habría llevado a un deficiente estado en el alistamiento del material por ausencia de mantenimiento regular y del adiestramiento del personal; conducta (acción por omisión culposa) que guardaría suficiente nexo causal con el hundimiento por implosión”.
Apelaciones mediante, en 2020, la Cámara Federal sólo confirmó el procesamiento de López Mazzeo, Villamide, Alonso y Correa y revocaron y dictaron la falta de mérito de los otros tres. Allí instaron a a realizar una serie de medidas de prueba para esclarecer la situación de esas personas. Entre ellas estaba la pericia técnico-informática “sobre el material fílmico y mosaico de fotografías correspondientes al hallazgo del SUSJ por parte de la empresa Ocean Infinity” y una pericia integrada por un cuerpo de técnicos en la especialidad submarinista o ingenieros navales.
En esa misma resolución ordenó investigar la eventual responsabilidad penal del expresidente Mauricio Macri, el exministro de Defensa Oscar Aguad y el exjefe de la Armada Marcelo Srur. Por el momento, no hubo avances sobre esa hipótesis que sigue abierta.
En tanto, a fines de mayo pasado, la fiscalía entendió que la investigación estaba completa sobre los acusados procesados y pidió ir a juicio. Las defensas se opusieron porque querían a todos sentados en el banquillo.
Ahora, los jueces de la Cámara Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez entendieron que aún había que profundizar las medidas ordenadas anteriormente y por lo tanto avaló la elevación parcial de la causa, teniendo en cuanta que esos procesamientos estaban firmes. “No es ocioso recordar que el derecho a que un juez o tribunal decida los casos sometidos a su conocimiento sin dilaciones innecesarias constituye una de las garantías judiciales generales exigibles en el marco de cualquier proceso”, se resaltó en la resolución.
A casi siete años de la tragedia, la pericia técnico informática sigue sin realizarse. El fallo señala que “las únicas potencias que contaban con expertos en la materia eran Países Bajos, Portugal, Estados Unidos, Egipto e India”, y precisa que se presentaron “obstáculos” que impidieron avanzar.
Fuente: Infobae