Comunicado del Consejo Ejecutivo de Seccional Suteba Coronel Rosales.
«No podemos pasar por alto las expresiones del Presidente Milei dichas en el Foro de Davos 2025. Allí afirma: … «pasamos a una cantidad artificialmente infinita de derechos positivos. Primero fue la educación, luego la vivienda… »
Repudiamos estas afirmaciones de carácter anticonstitucional ya que las mismas están consagradas en nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL y en la LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
El derecho a la educación en Argentina está consagrado en el artículo 8° de la Constitución Nacional.
El sistema educativo debe garantizar el derecho a aprender a todos los habitantes del país, sin discriminación.
La Ley de Educación Nacional N° 26.206, aprobada en 2006, regula el derecho a la educación en Argentina.
Esta ley establece que la educación es una prioridad nacional y que el sistema educativo debe asegurar el acceso
El Estado es el responsable de financiar y garantizar este DERECHO.
Otra vez asistimos a la negación de derechos por parte del estado nacional.
Seguimos insistiendo en el financiamiento educativo ya que lo contrario nos llevará a la desaparición de la calidad y la universalidad educativa que establece LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, ley suprema de las/os argentinas/os»