El Ministerio de Economía y el Banco Central puso el fin del cepo cambiario para personas humanas. Se estableció un nuevo esquema de flotación del dólar oficial entre bandas de $1.000 y $1.400, con un deslizamiento mensual del 1%.
Esta medida permite a los individuos comprar dólares sin el límite previo de USD 200 mensuales y sin restricciones para beneficiarios de subsidios, asistentes a programas sociales o empleados públicos.
Aunque se eliminó el recargo impositivo del 30% para la compra de dólares para atesoramiento, este sigue vigente para compras con tarjeta de crédito en el exterior y operaciones turísticas.
Para evitar este recargo, se recomienda cancelar el resumen de la tarjeta de crédito en dólares, utilizando divisas adquiridas al tipo de cambio oficial, que actualmente cotiza alrededor de $1.230, más económico que el dólar MEP.
Para abonar los consumos en moneda extranjera y evitar el recargo impositivo, es necesario:?
-Solicitar el «stop debit» de la tarjeta de crédito antes de su vencimiento a través del home banking.
El día del vencimiento, contactar al banco para que tome las divisas desde la caja de ahorro en dólares y pague los consumos de la tarjeta.
-Contar con los dólares suficientes en la cuenta o adquirirlos previamente.
-Pagar la tarjeta manualmente, evitando así el pago en pesos y la percepción del 30% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales.?
-La AFIP permite el ingreso y retiro de sumas inferiores a USD 10.000 o su equivalente en otra moneda sin necesidad de declaración. Para montos superiores, se debe realizar una declaración especial en Aduana. En el caso de menores de 16 años, el importe límite es de USD 5.000. Los egresos monetarios superiores al monto permitido deben realizarse por transferencia bancaria.
Con estas nuevas medidas, se eliminan varias restricciones previas:
– Se deroga la Comunicación A 7340, que impedía el acceso al mercado oficial a quienes hubieran operado con títulos en dólares.
– Se elimina la «restricción cruzada», que combinaba múltiples exclusiones en función de antecedentes de operaciones.
– Finalizan las limitaciones por subsidios o asistencia estatal.
– Se elimina el «parking» obligatorio, que requería un plazo mínimo de tenencia de valores antes de su venta. ?
Fuente: Infobae