El Gobierno simplificó el trámite a partir del cual cualquier ciudadano podrá importar de manera particular vehículos cero kilómetro, sin depender de las terminales automotrices ni de representantes oficiales de las marcas. Mediante la resolución 271/2025, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía reglamentó el procedimiento que abarca a todos los vehículos automotores, acoplados y semirremolques.
La norma establece el procedimiento para que cualquier ciudadano argentino importe autos nuevos o usados por cuenta propia, sin depender de concesionarias ni importadores oficiales. En concreto, el texto regula la Licencia de Configuración de Modelo (LCM), el permiso exigido para acreditar el cumplimiento de las normas de seguridad activa y pasiva de cada vehículo. A partir de la vigencia de esa norma, para el patentamiento se reconocerán las certificaciones de seguridad emitidas por organismos internacionales.
Es decir, los particulares que importen autos podrán patentarlos utilizando la LCM ya existente del fabricante o del importador. En el caso de que el vehículo importado no cuente con esta licencia, el particular podrá patentarlo por sí mismo, tramitando un certificado de seguridad vial ante la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, el cual habilita al patentamiento del vehículo “en un esquema similar al de una VTV”, según se informó en un comunicado.
Hasta la modificación, se requería tramitar el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS) en el INTI como único organismo de habilitación, un trámite con costo que representaba importantes demoras en el desarrollo de la actividad del privado. Sin dicho certificado, las empresas no podían importar las autopartes. Actualmente, no es necesario presentarse ante el INTI, no existe trámite necesario para poder importar ni costos asociados, por lo tanto no hay demoras.
Fuente: DIB