Celulares y TV baratos: eliminan una restricción para comprar desde Tierra del Fuego

El Gobierno oficializó la eliminación de las restricciones fiscales que regían sobre las operaciones comerciales realizadas desde Tierra del Fuego hacia el territorio continental mediante envíos directos a consumidores finales. La medida quedó plasmada en el Decreto 535/2025, publicado en el Boletín Oficial, y establece un nuevo criterio para que las ventas realizadas bajo el régimen de servicios postales puerta a puerta sean reconocidas como operaciones de consumo interno.

La normativa modifica el tratamiento fiscal vigente para las empresas radicadas en la Zona Aduanera Especial de Tierra del Fuego, lo que permite que productos como televisores, celulares, microondas y pequeños electrodomésticos puedan llegar al resto del país sin cargas adicionales que, hasta ahora, encarecían el precio final para los consumidores.

Con la entrada en vigencia del decreto, las operaciones efectuadas mediante plataformas de comercio electrónico o canales digitales podrán ser consideradas como entregas para consumo en el país, aun cuando se realicen desde la isla y se despachen a través de couriers o el Correo Argentino. Se trata de una adecuación normativa que cambia el criterio fiscal con el cual venían interpretándose estas transacciones, en especial en lo referido a IVA e Impuesto a las Ganancias.

Hasta ahora, ese tipo de operaciones debía asimilarse a un proceso de importación, lo que obligaba a las empresas a emitir facturas con percepción de IVA, generar saldos técnicos de difícil utilización y aplicar criterios contables que disuadían la venta directa al público desde la isla. Con este nuevo encuadre, se elimina esa interpretación y se despeja el camino para que las firmas fueguinas vendan de forma competitiva sus productos.

El decreto fue complementado por la Resolución General Conjunta 5512/2025 de la AFIP y la Resolución 1463/2025 de la Secretaría de Hacienda, que aportaron el marco operativo para su implementación. Las normas establecieron los procedimientos que deberán seguir las empresas para realizar las ventas bajo el nuevo régimen, y dejaron sin efecto normas anteriores que obligaban a computar como importación el despacho de bienes desde la isla hacia el continente.

La medida beneficia especialmente a firmas radicadas en Ushuaia y Río Grande, que ahora podrán expandir su canal de venta minorista sin recurrir a intermediarios. También simplifica los procedimientos contables y fiscales, al eliminar la aplicación de regímenes de percepción o retención de impuestos que encarecían las operaciones y generaban créditos fiscales sin posibilidad de uso inmediato.

En paralelo, el decreto dispuso que los organismos intervinientes —ARCA, Dirección General de Aduanas y Secretaría de Hacienda— coordinen acciones para monitorear el cumplimiento de los requisitos, sin modificar el régimen simplificado de pequeños envíos que permite hasta tres compras por persona al año, con un valor máximo de USD 3.000 por operación.

Fuente: Infobae