Comunicado del STM: «Por que paramos»

Firmado por su Secretario General Marcelo Sottile el Sindicato de Trabajadores Municipales hizo conocer las razones de la medida de fuerza en marcha.

«POR QUE PARAMOS
Venimos llevando adelante medidas de acción directa en el marco de la lucha por nuestros derechos, derechos estos consagrados y homologados con todas las de la ley, porque no se nos ocurren a nosotros las cosas, están escritas y firmadas desde hace años, desde el 2015 para ser más precisos.

Estos reclamos vienen de años y a estas alturas parece que el Ejecutivo Municipal firmó un Convenio que jamás pensó en cumplir, pero lo tienen que cumplir, porque el Intendente Mariano Uset fue quien lo firmó, en consenso con esta entidad gremial. Entre las cosas que se reclaman es que se ponga fin a la precarización del trabajo bajo la modalidad de monotributistas; se tiene que poner fin a la privatización del servicio de limpieza en el Hospital Municipal y de cualquier otro, porque el Convenio dispone, en su Artículo7º, inciso b) que previo a toda decisión por parte del Departamento Ejecutivo municipal de privatizar servicios deberá garantizar a sus trabajadores la fuente y continuidad laboral, sin que se vea afectada su remuneración. Para la concreción de tal objetivo las Entidades Sindicales con personería Gremial que representen a los Trabajadores Municipales tendrán activa participación en el reordenamiento que se practique en el ámbito municipal. Las privatizaciones solo se podrán llevar a cabo, siempre y cuando el Municipio no cuente con el personal idóneo en la materia y la actividad o servicio a privatizar sea de carácter excepcional. Eso es lo dispuesto y con eso se debe cumplir. Y con respecto a las Jefaturas, para esto, según dispone el Artículo 44º del Convenio en cuestión establece que la SUBROGANCIA/REEMPLAZO consistirá en el pago temporario de la diferencia entre las remuneraciones correspondientes a la categoría y jornada de revista del agente y a la del cargo que subroga. Tendrán derecho a percibir esta diferencia quienes se desempeñen temporariamente en cargos de mayor o igual jerarquía previstos en la estructura orgánica municipal aprobada por la Autoridad Municipal. Es requisito para el pago de la diferencia salarial que medie resolución de la Autoridad Municipal acordando el reemplazo e indicándose en la misma el cargo y función que se subroga. En ningún caso dicha subrogación podrá cumplirla un agente perteneciente a la planta temporaria o de contratados. El agente de planta permanente, que se desempeñe interinamente en un cargo del Agrupamiento Jerárquico, revistando en una categoría salarial inferior, se trate de una vacante transitoria o definitiva, tendrá derecho a percibir, además de los adicionales propios de dicho personal, la diferencia de sueldo, con la jornada en que revista el personal del cargo al que subroga, siempre que su designación haya sido dispuesta por autoridad competente. La designación debe recaer en el reemplazante natural del titular del cargo, o en su agente de nivel inmediato inferior que se encuentre efectivamente en ejercicio de su función dentro del sector al cual corresponda. Que el Ejecutivo Municipal deje de poner gente a dedo, que convoque a ocupar los cargos a quienes les corresponda y no a quien a ellos se les antoje, más allá de la idoneidad que puedan tener, cosa que no está en discusión.

A cumplir con el CONVENIO, es así de simple y es lo que se reclama. Sabemos que el conflicto produce inconvenientes, dicho en el buen criollo, los paros siempre “joden”, pero si no luchamos por nuestros derechos, nadie lo hará por nosotros y no somos ciudadanos ni de segunda ni de cuarta, pagamos los impuestos y lo que consumimos como cualquier buen vecino. Estamos convencidos de la lucha, son nuestros derechos y por ellos vamos. ORGULLOSAMENTE MUNICIPALES»