El Gobierno dispuso, mediante un decreto de necesidad y urgencia, la ampliación hasta el 31 de diciembre de 2023 de la emergencia pública en materia sanitaria, dispuesta por la ley 27.541, debido a las consecuencias de la pandemia de coronavirus que en las últimas semanas vio un recrudecimiento de los casos tras meses de retracción.
El DNU 863/2022, publicado este viernes en el Boletín Oficial, faculta al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación de la emergencia sanitaria y, en sus considerandos, argumenta que “todavía hay necesidades de atención especial por la pandemia de coronavirus y sus impactos incluso en el ámbito de la salud mental”.
Según explicó el Ministerio de Salud en un comunicado de prensa, la emergencia sanitaria tiene como objetivo “sumar el aporte de profesionales y técnicos de todas las disciplinas en los distintos subsistemas de salud para fortalecer, dar robustez, y poder brindar la atención esencial y necesaria a la población”.
“El impacto de la pandemia por COVID-19 en el sistema sanitario ha generado una demanda acumulada de seguimiento, tratamientos, pruebas diagnósticas y atención especializada que debe ser adecuadamente atendida en todo el país”, recordó la cartera conducida por Carla Vizzotti.
El Ministerio remarcó que el impacto también se sintió en la salud mental de la población, con el aumento de cuadros de ansiedad, afectación del estado del ánimo, incremento de problemáticas complejas como el suicidio y el consumo problemático de tabaco, alcohol, y otras sustancias psicoactivas y el mal uso y abuso de las tecnologías.
“Las consecuencias que produjo la pandemia obligan a adoptar medidas rápidas, eficaces y urgentes; además de continuar desarrollando una estrategia sanitaria consensuada para profundizar la integración de los subsistemas de salud con foco en la equidad, la eliminación de barreras en el acceso y el aumento de la calidad en los servicios de salud”, subrayó.
Con la prórroga de la emergencia sanitaria se extiende el régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud, previa intervención del Ministerio de Educación y con certificación de competencias a cargo de los establecimientos asistenciales que los requieran.
Fuente: DIB