La Cámara Nacional Electoral tiene a disposición el buscador para averiguar el establecimiento y lugar de votación de los electores. Todos los detalles.
La Cámara Nacional Electoral tiene habilitado un sitio web para que los ciudadanos puedan consultar dónde votan. La página está actualizada con la información de las mesas electorales y los establecimientos a los que tendrá que acudir la ciudadanía este domingo para poder emitir el voto.
En esta contienda se define quién ocupará la titularidad del Poder Ejecutivo y también buena parte de la composición del Poder Legislativo Nacional.
Para agilizar el procedimiento de la votación, la Cámara Nacional Electoral puso a disposición de la ciudadanía el padrón oficial. Allí los ciudadanos pueden conocer en detalle el lugar de votación que les fue asignado para sufragar.
¿Qué pasa si no figuro en el padrón?
Los ciudadanos que no se hallen en la plataforma provista por la Cámara Nacional Electoral no podrán emitir su voto en estos comicios. El plazo para subsanar errores u omisiones en el padrón venció el pasado 24 de julio.
Dónde voto: ya está publicado el padrón definitivo para las elecciones generales
¿Quiénes deben votar en las elecciones generales?
En la Argentina, el sufragio es universal, secreto y obligatorio, por lo que deben participar obligatoriamente todos los ciudadanos a partir de 18 años y hasta los 70. Esto aplica a las personas que se encuentran inscriptas en el padrón nacional electoral.
En tanto, entre los 16 y los 18 años el sufragio es optativo, al igual que entre los mayores de 70. Asimismo, también existe distintos grupos sociales que, por sus características, el día de la votación están exentos de la obligación de sufragar.
¿Puedo votar en las generales si no lo hice en las PASO?
Si alguien no votó en las PASO y figura en el padrón electoral, tiene el derecho y la obligación de votar en las elecciones generales del 22 de octubre. Sin embargo, debe justificar su inasistencia a las internas ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.