Tal como estaba previsto, el Ministerio de Seguridad de la Nación derogó el “Protocolo General de Actuación de Registros Personales y Detención para Personas Pertenecientes al Colectivo LGBTI+” que utilizaban las fuerzas federales. La decisión, que ya había sido adelantada por la titular de esta cartera, Sabina Frederic, se concretó a partir de la Resolución 37/2020 publicada en el Boletín Oficial.
Se trata de una medida que fue implementada el 24 de octubre de 2017, durante el entonces mandato de Patricia Bullrich, y que en su momento fue cuestionada por los miembros de esta comunidad por considerar que se trataba de una “estigmatización de un grupo de población”.
Básicamente, la norma en cuestión afectaba a todos los integrantes de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), y detallaba en nueve páginas en qué casos los agentes podían privar de la libertad a una persona LGBTI+ y cuáles eran los actos iniciales de la aprehensión.
Entren otras cosas, el texto indicaba que el detenido debía ser alojado «según el género autopercibido, en una celda separada si entiende que existe un riesgo potencial para su integridad, dignidad u otros derechos o si, al momento de informar su género, no se identifica con ninguno del binomio masculino/femenino”.
A través de la mencionada Resolución, este protocolo fue derogado y reemplazado por uno nuevo que brinda las directivas generales para el trato de los miembros del colectivo LGBTI+, tanto al interior como al exterior de las fuerzas de seguridad.
De esta manera, el Ministerio explicó que a partir de ahora “se garantizará el respeto a la identidad de género autopercibida y la orientación sexual” de las personas “en toda actuación y contacto en la que intervenga” el personal federal, “en particular en los procedimientos de aprehensión, detención, requisa personal, revisación médica”.
Con respecto al momento del arresto, en tanto, deberán ser alojadas en un principio “según el género autopercibido”, pero «la decisión sobre el lugar de alojamiento será de la persona involucrada, quien podrá solicitar alojamiento individual”.
Además, el nuevo protocolo detalló que quienes concurran a dependencias policiales «podrán utilizar las instalaciones sanitarias adecuadas a su identidad de género autopercibida”.
Por otra parte, la Resolución también estableció una serie de medidas a tener en cuenta para el personal interno de las fuerzas de seguridad, entre las cuales están la de actualizar toda la documentación de los empleados que hayan modificado sus datos de identidad para respetar “el género y el nombre de pila con el que desea” que se se lo trate, así como también podrá solicitar “que se le tome una nueva fotografía, para incorporar a los legajos y registros”.
Otros de los cambios es que “el personal utilizará la vestimenta y el uniforme adecuados a su identidad de género” y también “podrá solicitar el otorgamiento de un cambio de destino o asignación de tareas” por ese mismo motivo o por su orientación sexual, aunque el texto aclaró que “en ningún caso esto se realizará de manera compulsiva afectando su carrera o cualquier otra circunstancia que agrave su situación de servicio”.
Entre los considerandos, la administración de Frederic señaló que el protocolo anterior dejaba “en evidencia un desconocimiento de los derechos del colectivo LGBTI+ y de la diversidad sexual en general, por ejemplo, al establecer que solo podrá intervenir, en los procedimientos y requisas, personal femenino”.
“La comunidad travesti trans celebra la decisión de la ministra Frederic de anular la norma que fue utilizada para perseguir a la población travesti trans que se encuentra en una situación de vulnerabilidad social, incrementada por la violencia que impone el sistema prostituyente y que lejos de la criminalización requiere políticas públicas para acceder a la educación, el empleo y la vivienda”, sostuvo al respecto de esta modificación la activista trans Marcela Tobaldi, presidenta de la Rosa Naranja.
Fuente: Infobae