El Gobierno nacional promulgó este lunes la Ley N° 27.793, conocida como Ley de Emergencia en Discapacidad, que crea una pensión no contributiva, actualiza aranceles de prestaciones y establece compensaciones a prestadores. Sin embargo, su aplicación quedó suspendida hasta que el Congreso defina las fuentes de financiamiento e incorpore las partidas al presupuesto nacional, según el Decreto 681/2025, publicado en el Boletín Oficial.
La norma declara la emergencia nacional en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año. Entre sus principales disposiciones figuran la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, el acceso obligatorio al Programa Incluir Salud, la actualización mensual de aranceles, compensaciones económicas de emergencia a prestadores y beneficios fiscales a empleadores que contraten personas con discapacidad por tiempo indeterminado.
De acuerdo con las estimaciones oficiales, la implementación integral de la ley demandaría más de 3 billones de pesos, equivalente al 0,35 % del Producto Bruto Interno, sin incluir el eventual aumento de beneficiarios ni la expansión del Programa Incluir Salud.
El Poder Ejecutivo justificó la suspensión de la ejecución en la falta de financiamiento específico previsto en la ley, la obligación legal de no ejecutar gastos sin partidas presupuestarias asignadas —según lo dispuesto en la Ley N° 24.629— y la insuficiencia de créditos disponibles, aun en caso de destinarse todos los fondos del Estado Nacional. Según el decreto, avanzar en la aplicación inmediata de la norma afectaría servicios esenciales como seguridad, justicia y alimentación en cárceles.
El texto recuerda además que el Congreso sancionó la ley pese a la observación previa del Ejecutivo, aunque su puesta en marcha dependerá ahora de la inclusión de recursos específicos en el presupuesto nacional.
En paralelo, señala TN, el Gobierno oficializó la Decisión Administrativa 24/2025, que dispuso una reasignación parcial de partidas: se incrementaron los fondos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y se redireccionaron recursos de la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro, con el objetivo de cubrir urgencias relacionadas con la actualización de prestadores, pero sin habilitar la plena ejecución de la ley.
Fuente: TN