El peritrucho rumbo al juicio y un duro pedido para evitar nuevas desviaciones

Tal como viene revelando este diario hace años, la Causa Facundo fue utilizada políticamente con oscuros fines, utilizando mentiras y mentirosos para instalar un delito que nunca ocurrió y buscando culpables de ese hecho inexistente.

Además de sancionar a los mentirosos, entre ellos el famoso peritrucho marcos Herrero, que va rumbo al juicio, sería una noble tarea que la Justicia avance hacia los cómplices y/o autores intelectuales de semejante desquicio.

En las últimas horas, la abogada María Laura Bentivegna, del estudio de Fernando Burlando, presentó un escrito ante el juez federal Walter López Da Silva para que se ponga un freno a esas intenciones de mantener y estirar como chicle una investigación que, por ahora, continúa en cabeza de fiscales que no residen en la ciudad.

Como muchas veces sucede en Argentina en causas judiciales sin resolución, la condena es el proceso.

Es que en la “Causa Facundo” se siguen planteando situaciones bizarras. Ahora se “investigan” las comunicaciones de un tal Alberto González de la Provincia de Salta. González, el acusado por la querella, es el policía de Origone al que le plantaron prueba en su destacamento y el patrullero. Todos saben que todo es ridículo, pero eso sirve para “patear para adelante”.

Bentivegna señala que “la comprobada mala actuación de un perito, que solo intentó sacar provecho de personas vulnerables -como la madre de la víctima- sella la suerte de esta causa, que viene intentando sortear desde su inicio pedidos poco razonables, y que, a la fecha, han quedado directamente sin sustento”.

“Es que, pasando allanamientos repetitivos en comisaría, allanamientos en el propio domicilio de mi asistido, entregas de celulares, análisis de los mismos, como de sus antenas, llegamos a cuatro años, en el mismo lugar. Ello, porque no hay conducta ilícita alguna. Porque nadie ha cometido un delito, más que el perito interviniente, por cierto. Hoy, nos encontramos ´a la espera´ de análisis de celulares de provincias absolutamente lejanas, pero que llevarían en su titularidad dichas líneas, el nombre de mi asistido. Realmente el desgaste jurisdiccional no cesa, y no lleva a ningún lugar propicio. Se intenta dar consuelo a una madre que no lo encontrará manteniendo a personas como mi asistido en alerta a cualquier desprevenido que pretenda presentarse a declarar, plantar prueba, o inculpar con cuestiones que ya se han tornado sin sentido, casi ridículas. Lamentablemente hoy, con las constancias de la causa, se ha arribado a otro resultado diferente al quizá esperado”.

Y continúa señalando que “el Sr. González nunca creyó poder encontrarse tanto él como su familia involucrado en una causa de estas características, con todas las miradas puestas en su persona, en su familia, en su casa; nunca pensó sentirse privado de su libertad estando libre; aparecer expresamente señalado por cumplir su función; que personas absolutamente desconocidas pidieran una y otra vez su detención. Hace años que se reiteran y repiten pruebas que, sin duda, jamás llevarían a su procesamiento. Ni al de ninguna de las restantes personas que se encuentran insistente y desproporcionadamente nombradas en la presente causa, olvidándonos del plazo razonable, de la objetividad y de la sana crítica que debe primar en cualquier intervención judicial”.

“Aún así -insistió la letrada- habiendo pasado largos cuatro años, su situación procesal sigue indefinida. Su cabeza aún pende del mismo lugar que depende la actuación de Jueces y Fiscales, que también han sido denigrados por los querellantes cuando disponían cuestiones que no acordaban con ellos. Y así claramente no debe ser fácil impartir justicia, por lo cual sucede que el más débil, queda inmerso en una vorágine de poderes que desconoce, que se tornan incontrolables e inalcanzables. Queda totalmente desprotegido, y sin que nadie se ocupe de su situación particular. El legislador prevé el archivo para circunstancias como la presente. Cuando pasados cuatro años de incesante investigación, largas y eternas pericias y pedidos, sumadas a reiteradas testimoniales, no se puede arribar a un resultado distinto, no se logra dictar un procesamiento, ni por tanto indagar a persona alguna, fundamentalmente ante la ausencia de delito”.

“Sabido es que para cualquier sujeto no es grato encontrarse en una causa federal en trámite, actualmente -reitero- se aguardan resultados de teléfonos que jamás fueron de González, quizás de un homónimo, y eso llega cuando ya están absolutamente comprobados todos los movimientos de mi asistido dentro de su ámbito de actuación, dentro del ámbito de movimientos que tuvo el joven Astudillo en las horas previas a encontrarse con su deceso. Es la prueba de la no prueba; es el dato irrisorio de pretender hacer creer que de un teléfono con característica de ´Salta` puede estar la verdad del deceso de Facundo Astudillo, por llamarse ´casualmente` igual que Alberto González”, señala más adelante.

Luego, indica: “Señor Juez, en la presente causa, ya están corroboradas las llamadas entrantes, salientes y mensajes de sus teléfonos, los cuales son contestes con sus dichos, y con el resto de constancias y pruebas agregadas. Los aparatos de telefonía fueron entregados de manera oportuna y voluntaria; luego fue secuestrado un segundo teléfono, incluso un tercero, de su familia. Fueron avasallados todos los derechos de González y de varios funcionarios policiales más. También incluso recientemente se ha producido la desinstalación de los equipos de AVL, de la misma Camioneta Hilux en la que se trasladaba González. Dichos equipos son los que operan como localizadores satelitales, y se entregan porque ya han cumplido su cometido de dar las coordenadas exactas de cuándo González se movilizó, cuando detuvo su marcha, cuando retornó a la seccional de policía donde prestaba funciones. Claramente si incluso se han desinstalado los equipos, y restituidos los aparatos de telefonía celular, es porque las pruebas alcanzadas no dan cuenta de que los mismos se encuentren comprometidos con conducta ilícita alguna”.
Peritrucho

Por último, Bentivegna expresa: “entiendo que con los únicos elementos que se intentó la detención en más de una oportunidad de mi asistido, fue con la participación del perito Marcos Herrero, de quien, en la causa que se le sigue, ya se ha requerido la clausura del sumario y la elevación a juicio; el mismo perito, se encuentra detenido y condenado por hechos similares. ¿Qué más debemos esperar para cerrar esta causa? Entiendo, que luego de haberse agregado fiscales en colaboración; de la activa intervención de la Comisión Provincial de la Memoria, participando como querellante juntamente con la madre del Sr. Astudillo, de producida y reiterada cuanta prueba se ha requerido, habiendo en muchos casos realizado un esfuerzo para encontrarle el norte, y ordenar su producción, esta causa, tiene sellado ya su final.

Incluso luego de ser denunciada la actuación de la Dra. Marrón, la cual fue absolutamente desestimada a pesar de las presentaciones de la querella que pretenden torcer lo realmente acontecido, cuando del propio plenario surgió que la intervención de V.S. garantizó el debido proceso, habiendo contado los acusadores con todos los remedios procesales para recurrir sus decisorios”.

Y concluye indicando que “Se ha llegado demasiado lejos con una investigación que pretende continuar, sin importar no solo el desgaste jurisdiccional, de funcionarios abocados a dar respuesta a cada presentación de la parte querellante, donde se encuentran únicamente “pendientes” pruebas inconducentes, que no podrán cambiar la suerte de las contundentes constancias y pericias que determinaron la forma del deceso del Facundo Astudillo Castro. De allí que, sin más, se imponga el archivo de las presentes actuaciones, siendo que no nos encontramos ante la existencia de un delito, resultando por tanto imposible determinar el autor de un hecho que no ha existido, por lo que no hay motivo para continuar con la presente. Siendo, además, que de manera alguna encontrará el fiscal elementos suficientes -que no ha obtenido hasta ahora- para intentar promover la acción penal, habiendo sido fallidos todos los intentos de la querella, los cuales se alejan cada vez más de la realidad fáctica que demuestran las pruebas objetivas alcanzadas desde el 30 de abril del año 2020”.

“El estado mediático que ha tomado esta causa, y la intervención de distintos organismos nacionales, sin duda han provocado una mayor atención por parte del Ministerio Público, pero ello no lo corre de la potestad de promover la instrucción del proceso, siendo que de hacerlo la parte querellante -como actualmente-, no puede interpretarse de otra forma que se encuentra conmovida así la estructura del régimen penal vigente, a partir de una especie de conversión de facto de la acción penal pública que permita al acusador particular promoverla y ejercerla con exclusividad”, cierra el escrito.

Fuente: La Brújula 24