En Monte se pesca

Desde este viernes Monte Hermoso habilita la pesca sustentable y artesanal de costa, luego de que el HCD aprobara un proyecto de ordenanza presentado por el bloque de concejales del Frente Justicialista.

Por ahora solo se permitirá la práctica de la actividad a los residentes en la localidad balnearia.

«Luego de analizar que la práctica de esta actividad es individual y exige un distanciamiento físico, el equipamiento utilizado no se comparte, no implica encuentros masivos y no hay espectadores, siendo su riesgo frente a la crisis sanitaria mínimo, se habilitó a pesca sustentable y artesanal de costa tanto en mar como en laguna, dentro del partido de Monte Hermoso, ordenanza que regirá a partir de éste viernes 5 de junio de 2020», dice el comunicado del municipio.

Las personas que quieran realizar la actividad deberán cumplir con el siguiente protocolo:

1- Estará permitida la pesca de costa en el mar y en la laguna Sauce Grande; en la laguna habrá un cupo limitado de 25 personas por día, solicitando turno previo en el horario de 8:30 a 13:30 al teléfono 02921-15407045.

2- Desde el lugar de residencia al destino de pesca se deberá transitar con tapabocas/barbijo.

3- Dirigirse desde el hogar al lugar de pesca sin escalas durante la ida y la vuelta.

4- El horario permitido de pesca será entre las 8 y las 17 hs.

5- Durante el tiempo de la actividad se deberá usar todo el tiempo tapabocas/barbijo, quedando prohibido el acercamiento de personas a una distancia menor de dos metros.

6- Las comidas o refrigerios deberán ser realizadas de manera individual, asegurándose la higiene de los utensilios. No puede compartirse ningún tipo de alimento, bebida, vestimenta y/o elemento de pesca con otra persona.

7- Se deberá mantener una correcta limpieza y desinfección de manos y de todos los objetos a utilizar.

Se aclaró que el incumplimiento de los protocolos dispuestos serán pasibles de las multas establecidas en el Código de Faltas Municipal Articulo 40, que oscilan entre 100 y 1.000 módulos y/o clausuras de hasta TREINTA (30) días, conforme el procedimiento del Decreto Ley 8751/77.-