 Christian Rodriguez, Secretario General de Empleados de Comercio Punta Alta informó que, conforme con lo dispuesto por la ley 21.329 y el art.165 de la ley de Contrato de Trabajo, establece como Día feriado y no laborable en todo el territorio de la Nación el Día 25 de Mayo.
Christian Rodriguez, Secretario General de Empleados de Comercio Punta Alta informó que, conforme con lo dispuesto por la ley 21.329 y el art.165 de la ley de Contrato de Trabajo, establece como Día feriado y no laborable en todo el territorio de la Nación el Día 25 de Mayo.
Por tal motivo la Asociación Empleado de Comercio de Punta Alta invita a cumplir con dicha Ley para que todos puedan festejar el Día de la Patria.
