Por medio de la disposición 4900/2020 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en toda la Argentina de dos artículos sanitizantes.
Se trata de los productos rotulados como “Diamante limpiador líquido – antibacterial – desinfectante – amonio cuaternario 0,1 por ciento – listo para usar” y “WS alcohol etílico – graduación 96°”.
La medida se determinó a raíz de que se detectaron varias irregularidades en ambos artículos de limpieza e higiene. Con respecto al producto “Diamante”, la entidad informó que era comercializado a través de una popular plataforma de compra y venta. Además, se constató que la etiqueta de dicho limpiador líquido carecía de datos que identificaran al elaborador, registro sanitario y/o registro en trámite.
En cuanto al alcohol etílico, la entidad señaló que el etiquetado del producto refería a su uso como sanitizante de superficies, constatándose que carecía de datos que identificaran al establecimiento elaborador/fraccionador. Tampoco contaba con el correspondiente registro sanitario ni con el registro en trámite de la ANMAT. Por lo cual, “se encontraba falsamente rotulado”, indica la disposición.
“Desde el punto de vista sanitario, se trata de productos ilegítimos, que declaran datos no veraces en su rotulado y que se desconoce su efectivo origen y composición, no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo alto para la salud de la población teniendo en cuenta el contexto actual de uso de este tipo de productos destinado a la higiene y sanitización”, expresa el comunicado oficial.
Fuente: TN