La PEN podría cambiar de Ministerio

El Diputado Nacional Gerardo Milman impulsa una ley que cambie el status de la PEN, Policía de Establecimientos Navales, llevándola del Ministerio de Defensa a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
El texto que se trata en la cámara baja es el siguiente:

ARTÍCULO 1°: Transfiérase orgánica y funcionalmente a la POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS
NAVALES creada mediante Decreto-Ley Nº 5177/58 del ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA a la
órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la cual pasará a denominarse POLICIA DE
ESTABLECIMIENTOS MILITARES.

ARTÍCULO 2°: La transferencia de la POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES, ahora
denominada POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS MILITARES, dispuesta por el artículo 1º
comprende las competencias y capacidades de las respectivas Dependencias Policiales, con sus
organizaciones actuales de personal, los bienes muebles, inmuebles; documentación y reglamentos
necesarios para el cumplimiento total de sus funciones, sin interrupción durante la transferencia y
posterior a la misma así como también los créditos presupuestarios para su funcionamiento y
operación; manteniendo el personal policial transferido sus respectivos niveles y grados de revista
vigentes a la fecha de la presente medida. Las erogaciones que demande el cumplimiento de los
objetivos de la POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS MILITARES se atenderán con los créditos que
fije anualmente la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional.

ARTICULO 3°: Interviniese, a partir de la sanción de la presente Ley, la POLICIA DE
ESTABLECIMIENTOS MILITARES, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, pudiendo
prorrogarse dicho término por Resolución del Ministro del Seguridad.
El Interventor tendrá rango y jerarquía de Subsecretario, será designado por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, a propuesta del Ministro de Seguridad.
El interventor ejercerá las competencias, facultades y atribuciones para efectuar y/o proponer las
reestructuraciones que considere pertinentes a los fines de proceder a la normalización del
funcionamiento de la citada fuerza.
ARTÍCULO 4°: Incorpórese a la POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS MILITARES a las fuerzas de
seguridad nacionales consignadas en el artículo 17 del Título V de la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y modificatorias, correspondiendo al MINISTERIO de
SEGURIDAD.
ARTÍCULO 5°: En el proceso de transición, los Ministerios de Defensa y de Seguridad establecerán
acuerdos de cooperación para coordinar las operaciones, asegurando roles y responsabilidades
claras tanto de la POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS MILITARES como del personal Militar en cada
Base.
ARTICULO 6°: Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes la
atención de las erogaciones de la presente medida serán atendidas con cargo a los créditos
correspondientes a la Jurisdicción de origen. Facúltese al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar
las modificaciones presupuestarias que a tal fin correspondan.
ARTICULO 7°: De forma/Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS:
La Policía de Establecimientos Navales es la única fuerza policial que no forma parte del Sistema de
Seguridad Interior por no encontrarse expresamente contemplada en el marco del artículo 7º de la
Ley 24.059;
La Policía de Establecimientos Navales (PEN) es una policía con estado policial, que depende del
Ministerio de Defensa a través de la Armada Argentina, con jurisdicción Federal. Actualmente la
PEN, es la única fuerza de seguridad que depende del Ministerio de Defensa, con un número
aproximado de casi trescientos ochenta (380) efectivos, que están distribuidos en distintos destinos
de la Armada, como la Base Naval Puerto Belgrano, la Base Aeronaval Comandante Espora, la Base
de Infantería de Marina Baterías y la Base Naval Mar del Plata. Además de los Destacamentos
Intendencia Naval Buenos Aires, el Comando de Transportes Navales, y el Apostadero Naval Buenos
Aires.
La POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES se encuentra regida por su propio Estatuto, el cual
fue establecido por el Decreto Ley N° 5177/58, ratificado por Ley N° 14467/58 y sancionado por ley
16563/64, y la correspondiente reglamentación de dicha ley fue aprobada por Decreto N° 2126/77
del 20 de julio de 1977. Conforme a su marco normativo, la POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS
NAVALES, posee “Estado Policial”, cumple funciones como Policía de Seguridad y Policía Judicial,
y además tiene la obligatoriedad de cooperación y acción supletoria con las demás fuerzas de
Seguridad y Policiales del país.
Cuenta en su composición orgánica diferentes Divisiones:
*Guardias y Servicios: que se encargan de todo lo atinente a la prevención del delito; control y
salida de personas, vehículos y materiales;
*Judiciales: donde se realizan todas las actuaciones sumariales tanto con los Juzgados Federales
como los de la Provincia de Buenos Aires;
*Brigada de Explosivos: que se encargan de realizar inspecciones preventivas, inspecciones antes
intimidaciones públicas, traslado, remoción y neutralización de explosivos;
*comisaria de la mujer y la familia: donde se realizan todas las actuaciones referentes a las
denuncias de violencia de género y menores;
*Investigaciones: donde se trabaja mancomunadamente con la División Judiciales, en la realización
de las investigaciones ordenadas por los Juzgados;
*capacitación: donde se instruye al personal en materias como Operaciones Policiales, Tiro y
Armas, Código Penal, Código Procesal, Procedimientos Policiales y demás materias que hacen a la
función; una oficina de Personal y una sección de Servicio Generales.
La creación de las Policías de Establecimientos Navales, surgió bajo la denominación “Policía del
Puerto Militar”, el 5 de enero de 1907, instalándose el primer destacamento frente a la plaza Juncal
de la Base Naval Puerto Belgrano, donde actualmente funciona el Tenis de Oficiales.
El 18 de abril del año 1958, mediante Decreto-Ley Nº 5177, se aprobó el Estatuto de la Policía de
Establecimientos Navales, quedando establecidas las funciones de “Policía de Seguridad” y “Policía
Judicial, a cumplir por el personal en los lugares sometidos exclusivamente a la jurisdicción militar.
Fue puesta en funciones por una resolución local, en la cual se expresaba que el personal policial
se regiría por los reglamentos de la Policía de la Capital – hoy Policía Federal Argentina. En sus
inicios, fue un Destacamento integrado por el Señor Pedro Barrios como Encargado y un grupo
reducido de Agentes, que cumplía funciones de vigilancia y seguridad en la Zona Militar, teniendo
una competencia limitada en el área urbana de la Región Naval.
Este nuevo Cuerpo estaba conformado por un encargado y un número reducido de Agentes,
teniendo como misión el cumplimiento de funciones de seguridad y vigilancia dentro de la zona
militar, con competencia en la zona urbana de la Región Naval.
En el año 1935, ante la captura de un individuo por parte de esta Policía y respondiendo a una orden
de un Juez de Instrucción de la Capital Federal, se requirió a la Auditoria General de Guerra y Marina,
el dictado de las atribuciones y funciones de la Policía en la Región Naval, para establecer si en el
desempeño de sus funciones debía atenerse a las prescripciones del Código de Procedimientos en
lo Criminal.
En el expediente respectivo, el Auditor General de Guerra y Marina Roberto Amorrorto dispuso
entonces que la función policial de la Primera Región Naval, se debía encontrar a cargo del titular de
la misma, según lo establecían los Decretos del 16 de marzo de 1919, 3 de febrero de 1922 y 26 de
abril del mismo año.
Asimismo, dispuso que, en el desempeño de las funciones policiales, el jefe de la Región Naval y su
Policía, debían ceñirse a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes; aclarando que,
dentro de las normas a observar, estarían aquellas de orden civil, tales como el Código de
Procedimientos en Maestría Criminal de la Nación.
El 6 de septiembre de 1935 por Orden General de la Armada, se formalizan las funciones y se
asignan las dependencias a la Policía, designándose a partir de este momento, a la sede como
Comisaría de la Base, dependiendo de la Jefatura de la Base Naval Puerto Belgrano.
En 1949, el tránsito en la jurisdicción de la Base Naval Puerto Belgrano, quedó establecido por las
disposiciones de la Ley Nacional de Tránsito N.º 13.893 y se creó el Reglamento de Tránsito de la
Base Naval.
En 1953, se estableció un Destacamento de Policía en Puerto Rosales, dependiente de la Comisaría
de la Base Naval Puerto Belgrano que funcionó hasta el mes de diciembre del año 1962; fecha en
que pasó a ser una parada más del Servicio de Calle de la Comisaría.
En 1958, se puso en vigencia el Reglamento de acceso, Permanencia y Circulación de Personas.
Ese mismo año, la Policía adoptó su actual denominación de “Policía de Establecimientos Navales”
y el Gobierno Provisional, mediante el Decreto Ley 5177/58 aprobó su Estatuto, asignándole
funciones de Policía de Seguridad y Judicial en todos los Establecimientos Navales, dándole con
ello, la fuerza de ley a su accionar, Decreto Ley que fue ratificado ese mismo año por la Ley 14.467.
En el año 1976 se incorporaron seis agentes femeninos, representando éstas a las primeras mujeres
uniformadas de la Armada Argentina, quienes, entre otras tareas, efectuaban controles de
determinado tipo que un agente masculino no los podía realizar.
En el año 2006 cumpliendo una amplia acción social, preventiva y asistencial se creó la Sección de
atención a la Mujer y de prevención de la Violencia Familiar, interactuando directamente con el
gabinete del Centro de Atención a las Víctimas de Violencia Familiar del Hospital Naval Puerto
Belgrano, Servicio Local de Promoción y Protección del Niño, Área de Niñez, Adolescencia y Familia
y el Juez de Paz del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales
En la actualidad la Policía de Establecimientos Navales posee Comisarías en las Bases: Naval
Puerto Belgrano, Aeronaval Comandante Espora, Infantería de Marina Baterías y Mar del Plata,
contando además con Destacamentos en la Dirección de Abastecimientos Navales, Estación
Aeronaval Ezeiza y Transportes Navales.
La División Brigada de Neutralización de Explosivos no Militares fue creada en el año 1976, sus
primeros integrantes fueron TN Antinori y cuatro suboficiales que estaban a su cargo. El primer
edificio se encontraba en lo que era la Casa de Guardiamarinas, lo que hoy es el Taller Stella Maris
(casa Central).
A principio del año 1979, la Armada, debido a una reorganización Institucional a nivel Nacional,
decide traspasar la Brigada de Neutralización de Explosivos No Militares a la Policía de
Establecimientos Navales, por lo que, a mediados de ese año, se envía a los primeros integrantes a
realizar cursos de perfeccionamiento en la Escuela Técnica Especializada (Escuela de Armas),
siendo su primer instructor, el SM (RE) Mariano Yaka. Los cursos realizados eran Munición I, II,
Demolición, Química y Guerra de los Explosivos.
Mientras se estaban realizando los cursos citados anteriormente, la Brigada fue solicitada para
realizar el ensanchamiento del Canal de Desagüe de Tres Arroyos. Esta tarea demando
aproximadamente unos 30 días.
El 20 de abril de 1980 la Brigada de Explosivos pasa a depender definitivamente de la Policía de
Establecimientos Navales siendo sus primeros integrantes el Subayudante Eduardo RIVAS y el
personal Subalterno integrado por Cabos Héctor ROSAL, Daniel FUENTES, los Agentes de 1º
Manuel ROJO, Ramón LESCANO y Julio Argentino RODRIGUES.
Durante todo este tiempo esta División ha realizado, Inspecciones Preventivas, Disertaciones,
Secuestros de Proyectiles, Destrucción de Materiales Peligrosos, Asesoramiento Profesional,
Pericias, Cursos en otros ámbitos, Intercambio de conocimientos Profesionales, tanto con, otras
fuerzas de seguridad, como con la Fuerzas Armadas, etc.
El hecho de que dicha fuerza se encuentre encuadrada dentro del Ministerio de Defensa, trae
consigo inconvenientes principalmente en lo que refiere a la discrecionalidad en la información
tratada en las causas judiciales y la injerencia que la autoridad militar puede tener en la ejecución o
no de las instrucciones u órdenes impartidas por las autoridades judiciales competentes, lo cual no
resulta procedente ni ajustado a derecho.
Las intervenciones más destacadas fueron:
Año 1983, durante la Asunción del Sr. presidente ALFONSIN, la Brigada tuvo que efectuar
inspecciones en todos los aeropuertos desde Río Negro hasta Ushuaia por donde iba a realizar
visitas. En ese momento se trasladó momentáneamente el edificio operativo a la Base Almirante
ZAR (Trelew). También se tuvo a cargo el aeropuerto de Bahía Blanca para realizar inspecciones en
caso de amenaza de bomba.
Año 1984, se realizó, en la ciudad de Puerto Madryn, una inspección en el Puerto por presunto
atentado con bomba para los jefes del UNITAS.
Uno de los trabajos más destacado que realizó esta División fue cuando realizó una inspección y
posterior peritaje a la Ciudad de Pigue por un accidente que tuvo un camión del Ejército Argentino.
El primer asiento de la Brigada de Explosivos en la Comisaría de Puerto Belgrano fue detrás de lo
que hoy es el Puesto de Verificación del Automotor, donde eran las “Caballerizas”.
En la actualidad la División Brigada de Explosivos de la Policía de Establecimientos Navales, brinda
cursos a brigadas de explosivos de otras provincias, como así también FFSS, FFAA, y otros
organismos de seguridad.
La PEN es una fuerza Policial, que posee estado policial dado por el Congreso de la Nación, cuya
Jurisdicción es de competencia Federal, tanto es así que a pedido de la Justicia, personal de la PEN
ha realizado allanamientos en la ciudad de Punta Alta y la División Brigada de Explosivos ha actuado
en las ciudades de Punta Alta y Bahía Blanca.
El estar dentro del ministerio de Defensa está mal encuadrada, en resumidas cuentas, la PEN lleva
una analogía a lo que ha sucedido con la entonces Policía Aeronáutica Nacional (PAN) que devino
en la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Todo el personal en actividad porta las 24 horas del día su arma reglamentaria asignada, estando
obligados a actuar ante cualquier hecho delictivo.
Justamente, esta es la razón principal para que la PEN, al tener entre sus misiones actuales, la de
prevención y represión del delito, con competencia federal, que deba traspasarse funciones,
misiones y recursos humanos y económicos a la jurisdicción del Ministerio de Seguridad.
Ubicación:
Base Naval Puerto Belgrano – Punta Alta Prov. Bs As
Base Aeronaval Comandante Espora – Bahía Blanca Prov. Bs. As. Base de Infantería de Marina
Baterías – Punta Alta Prov. Bs As.
Base Naval Mar del Plata – Mar del Plata Prov. Bs. As. Intendencia Naval Buenos Aires – Ciudad
Autónoma de Bs As. Transportes Navales Buenos Aires – Ciudad Autónoma de Bs As. Hospital
Naval Pedro Maillo – Ciudad Autónoma de Bs As.
Para concluir, la incorporación al Ministerio de Seguridad de la Nación, reformulando su dependencia
funcional, operacional y administrativa en el marco de una política de Seguridad Pública que
garantice la no injerencia de Autoridades ajenas a las actividades operacionales correspondientes a
requerimientos emanados del Poder Judicial garantizará una mayor oportunidad y eficiencia en el
cumplimiento de sus funciones y obvia todos los inconvenientes mencionados.
Por todos los considerandos expuestos consideramos que, en el marco de adecuación y
modernización de nuestro esquema de seguridad interior, es imprescindible y oportuno el
correspondiente traspaso de la Policía de Establecimientos Navales (PEN) a la órbita del Ministerio
de Seguridad de la Nación, con su correspondiente encuadre escalafonario y salarial
correspondiente a las fuerzas de seguridad y policiales federales.
Firmante: Gerardo Milman