Se definió la fecha de la sesión especial para tratar los proyectos de movilidad jubilatoria en la Cámara de Diputados. La jornada convocada por el bloque de la Unión Cívica Radical (UCR) se llevará adelante el martes 4 de junio a las 11.
El temario incluye los dictámenes que se firmaron el 15 de mayo en la reunión plenaria de Presupuesto y Hacienda y Previsión y Seguridad Social, donde no hubo acuerdo entre Unión por la Patria, los radicales, la Coalición Cívica y los bloques federales para unificar un despacho. Los dictámenes son de UP; la UCR, HCF y la CC; uno del oficialismo; uno del Pro; y el del FIT.
En concreto, el dictamen de La Libertad Avanza ratifica el DNU 274/24 del Poder Ejecutivo; el despacho del Pro también lo hace, pero suma el pedido de una recomposición del 8,1%.
El dictamen que firmaron el radicalismo, HCF y la Coalición Cívica establece que la actualización como movilidad debe ser por el índice de inflación IPC. Con un aumento adicional en el mes de marzo de cada año sobre aumentos de la variación de la remuneración imponible promedio de los trabajadores (RIPTE).
Plantearon un artículo para garantizar un haber mínimo. En el caso de un beneficiario de una única prestación previsional cuyos ingresos sean inferiores al último valor de la Canasta Básica Total por adulto, la ANSES garantizará el pago de un suplemento hasta alcanzar dicho valor.
Mientras que la bancada de Germán Martínez propone en su dictamen una actualización mensual por inflación: “Se incrementa el haber mínimo jubilatorio vigente a la fecha de sanción de la presente en la suma de $70.000. Este incremento se aplicará sobre los haberes a liquidarse en el mensual siguiente a la fecha de sanción de esta ley, quedando subsumido en el nuevo monto del haber mínimo jubilatorio el refuerzo previsional fijado por los DNU de este año 2024. El incremento en el haber mínimo jubilatorio será calculado por beneficio y no por beneficiario”.
El dictamen del Frente de Izquierda lleva la firma del diputado Nicolás del Caño, que establece: “Ningún jubilado puede cobrar menos que los indicadores de la Canasta Básica del Adulto Mayor y la actualización será por IPC o RIPTE, según el índice más favorable”.
En lo referido al 82% móvil, el dictamen de la Izquierda determina que “el haber de los beneficiarios de jubilaciones se establecerá en un valor equivalente al 82% móvil sobre el salario total del trabajador que ocupe igual cargo, oficio o función al que ocupaba el mismo en el último puesto laboral ejercido a la fecha de la cesación en el servicio o al momento de serle otorgada la prestación”.
Fuente: TN