El Gobierno nacional oficializó el incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), estableciendo un nuevo valor de $317.800 a partir del 1° de julio. Esta decisión, publicada en la Resolución 5/2025 del Boletín Oficial, formó parte de un cronograma de aumentos progresivos luego de que no se logró acuerdo en el Consejo del Salario entre los actores empresariales, sindicales y el Ejecutivo.
La normativa vigente estableció un mecanismo de actualización escalonada, con incrementos distribuidos en cinco tramos que comenzaron en abril y concluirán en agosto de 2025. El monto representa el nuevo piso legal para los trabajadores con sueldos más bajos dentro del sector formal, aunque también arrastra efectos sobre un amplio abanico de políticas públicas, prestaciones sociales y parámetros previsionales.
El ajuste del salario mínimo también influye en la prestación por desempleo. Este beneficio se calcula en base a la mejor remuneración neta de los últimos seis meses laborales y toma como tope un rango fijado entre el 50% y el 100% del SMVM. El monto de la prestación se modificó automáticamente ante cada aumento del piso salarial, permitiendo un reajuste directo para quienes transitaban situaciones de desempleo formalmente reconocidas y cumplían con los requisitos legales.
A esto se sumó el impacto del nuevo salario mínimo sobre las Becas Progresar, orientadas a jóvenes en formación. El acceso a estas becas depende de un umbral de ingreso familiar, establecido en tres veces el SMVM, de modo que la actualización rediseñó el universo potencial de beneficiarios. Cada cambio en el monto del salario mínimo obliga a recalcular automáticamente los derechos y límites para quienes pretenden postularse o renovar su condición dentro de este programa.
Las asignaciones familiares y otros planes sociales también tomaron como referencia el salario mínimo para la definición de sus propios valores y criterios de acceso. Por ejemplo, las condiciones para recibir determinadas ayudas sociales incluyeron, como parámetro excluyente, no superar cierto múltiplo del SMVM como ingreso familiar. La modificación a partir de julio redefinió los valores de corte y provocó un ajuste en el grupo de destinatarios elegibles.
Fuente: Infobae