En el marco de su plan de ajuste del Estado, el Gobierno dio de baja los contratos de los empleados públicos que ingresaron este año.
Con la firma del presidente Javier Milei este martes por la madrugada fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 84/2023 que confirma la medida. Además, el Poder Ejecutivo revisará la situación de los trabajadores del Estado que están en funciones desde antes de 2023.
En efecto, el artículo 1° establece que “las contrataciones de personas que hayan iniciado a prestar servicios a partir del 1 de enero de 2023, en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la ley 24.156, no serán renovadas”.
De esta manera, se abarca a los empleados transitorios “y de toda otra modalidad de contratación que concluya al 31 de diciembre de 2023″, de toda la administración nacional, así como también a los entes públicos, incluidos, por ejemplo, la ANSeS, el PAMI y la AFIP.
De acuerdo con lo que precisaron a Infobae fuentes oficiales, la decisión alcanza a cerca de siete mil empleados de distintas áreas del Gobierno. Son excluidos únicamente aquellos que cumplen funciones en empresas o sociedades estatales.
Además de los trabajadores de planta permanente, que no serán afectados, se excluye también a las contrataciones “derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales” y al personal que “haya estado prestando tareas con fecha previa al 1 de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad”.
No obstante, se permitirá la renovación de aquel “que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento” de la misma, aunque “de manera restrictiva y de manera fundada que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento”.
El DNU firmado por Milei y todos sus ministros señala que las autoridades de cada área del Estado Nacional deberán realizar “un relevamiento exhaustivo” de los empleados “cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1 de enero de 2023, con el fin de evaluar” su continuidad.
En todos los casos, según aclara el texto, si se opta por renovar la contratación, se “deberá fundar la decisión, demostrando la necesidad” de mantener a ese trabajador, cuyo vínculo laboral no podrá extenderse “por un periodo mayor a noventa (90) días corridos”.
En los considerandos, el Poder Ejecutivo señala que la propia normativa vigente indica que este tipo de contrato dura 12 meses, siempre que no exceda el período presupuestario en curso, por lo que “se encuentran próximas a vencer las contrataciones efectuadas por el Estado Nacional”.
Además, se remarca que esta decisión se toma en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 8 del 10 de diciembre de 2023, uno de los primeros que firmó Milei, a partir del cual se modificó la ley de Ministerios, pasando a tener solamente nueve carteras “con la finalidad de racionalizar recursos, lo que obliga a revisar todas aquellas contrataciones efectuadas”.
Fuente: Infobae