La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volvió a extender el plazo, esta vez hasta el 9 de agosto, para la recategorización del monotributo del primer semestre del año. La decisión se oficializó a través de la Resolución General 5534/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial. La recategorización, habitualmente, suele tener como fecha límite los días 20 de los meses de julio y enero, la demora en la aprobación del Paquete Fiscal alargó los plazos.
Según la AFIP, se modificaron las fechas para “promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables”. Además, se prorrogó también el vencimiento de la obligación de pago mensual correspondiente al período agosto de 2024.
Cómo realizar la recategorización
Aquellos monotributistas que superen el monto de ingresos de la categoría actual deben realizar una recategorización. También, si la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida o los alquileres devengados cambiaron es posible que se deba realizar el trámite. Para eso, se deben seguir los siguientes pasos:
– Acceder al Portal Monotributo: Ingresar al sitio web de la AFIP con la Clave Fiscal.
– Ingresar a la opción recategorización: Detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
– Imprimir la nueva credencial de pago: Una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible para su impresión.
– Pago de la nueva categoría: El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.
Fuente: DIB