La ampliación de derechos refiere al esquema de licencias parentales enmarcadas en el Convenio Colectivo de Trabajo CCT 695/05 “E” que rige la actividad laboral de la empresa Sanitarista Bonaerense, tomando como base el Convenio 156 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los y las trabajadoras con responsabilidades familiares.
A partir de ello, ABSA y SOSBA avanzaron en un entendimiento que amplía los días de licencias por maternidad, paternidad, adopción, atención a familiar enfermo, permiso por trámites o causas particulares, franquicia de alimentación por cuidado de hija/o y fallecimiento. Además, incorpora licencias por adaptación escolar, abrigo de niño/a, por fertilización asistida y para mujeres víctimas de violencia.
Dentro de ellas, el conjunto de trabajadoras y trabajadores sanitaristas podrán encontrar actualizaciones en los regímenes que dan cuenta de un enfoque de equidad de género, con corresponsabilidad social, derechos de las niñeces y adolescencia, a fin de reconocer y otorgar derechos para los distintos tipos de conformaciones familiares existentes. También se incorpora la contemplación de las necesidades de cuidado que tienen las familias a lo largo del tiempo, fomentar modelos de crianza compartida y permitir una mayor libertad a las familias para decidir sobre la organización de las tareas de cuidado. Todo ello, buscando incorporar avances normativos de manera integral para todas las personas trabajadoras.