El último Boletín Epidemiológico del Ministerio de Salud de la Provincia alertó sobre una sospecha de brote de triquinosis en uno de los 135 municipios de Buenos Aires, específicamente en Coronel Dorrego, aparentemente por haber consumido carne de cerdo de faena casera.
Así lo oficializó la Provincia en su último boletín sanitario, que se realizó en la semana 29, correspondiente al período del 16 al 22 de julio, donde especificó que en la Región Sanitaria I, donde se ubica Coronel Dorrego, hay ocho casos sospechosos. Vale destacar que “se aguardan las acciones realizadas por parte del municipio”.
En este sentido, el boletín también arrojó que en lo que va del año “se notificaron 36 casos sospechosos de triquinosis” en la Provincia, de los cuales hay 7 casos confirmados, 2 probables y 27 aún en estudio. Los anteriores casos confirmados son de Junín, Lezama y Chivilcoy, donde los brotes de estos últimos se detectaron en la semana del 18 al 24 de junio.
¿Cómo prevenir la enfermedad?
La triquinosis es una enfermedad parasitaria que afecta al ser humano, mamíferos, domésticos y salvajes, aves y reptiles, que es causada por larvas y parásitos adultos. Según el informe del Ministerio de Salud, “se trata de una zoonosis, la cual se transmite al ser humano, de modo accidental, por la ingestión de carne o derivados cárnicos, crudos o mal cocidos, que contengan larvas musculares viables”.
En este sentido, las principales medidas de prevención ante la enfermedad que tiene como principal fuente de infección al cerdo doméstico, son:
– Consumir carne de cerdo y derivados frescos bien cocidos hasta que desaparezca el color rosado (temperatura interna: 71ºC).
– Tener en cuenta que salar o ahumar la carne no es suficiente para matar al parásito.
– Adquirir productos derivados, chacinados y embutidos (como jamón, panceta, longaniza, chorizos) solamente en comercios habilitados. Verificar que hayan sido elaborados por empresas autorizadas donde especifique marca, identificación del lote, fecha de elaboración y vencimiento, identificación del establecimiento elaborador y registro ante la autoridad sanitaria. La venta callejera de estos alimentos está prohibida.
– Ante los productos de la caza, es importante tener en cuenta que las carnes destinadas al consumo particular del cazador sean sometidas a una inspección veterinaria post mortem y en especial que muestras del diafragma, músculos de la lengua o maseteros del animal sean enviadas al laboratorio para la realización de la técnica de digestión artificial.
– Es importante remarcar que la comercialización de carne o sus derivados provenientes de establecimientos no autorizados está totalmente prohibida.
Fuente: InfoCielo