En esta instancia se “beneficiará a poco más de 45.000 personas e involucra un total aproximado de $ 1.850 millones”. Para ser beneficiario de esta devolución, las personas no deben pagar impuesto a las Ganancias ni en el impuesto a los Bienes Personales, como tampoco sea sujetos de retenciones de Ganancias como trabajadores en relación de dependencia.
En esta etapa lo que se devolverá es el dinero de las compras o gastos realizados hasta el 31 de diciembre del 2021. Por tal motivo, una vez devuelto todo enero 2021, continuarán con febrero, marzo y así sucesivamente hasta completar todo el año anterior.
El dinero retenido a cuenta de Ganancias por los gastos hechos en dólares con tarjeta de débito o crédito, o por la compra de dólar ahorro, no se da de manera automática. Para poder recibir esa devolución, los beneficiarios tienen que realizar un trámite previo que consta de seis pasos que se realiza desde la página web del organismo fiscal.
En breve, lo mismo tendrán que hacer quienes hayan realizado consumos con tarjeta de crédito en dólares o hayan comprado dólar ahorro durante 2022. La devolución en este caso se hará en 2023.
La devolución, en esos casos, se hará en 2023 y para quienes utilizaron tarjetas de crédito en moneda extranjera después de julio, cuando se elevó la percepción para los servicios de turismo, el reintegro será del 45%.
Previo a solicitar la devolución hay que contar con:
-Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y con clave fiscal.
-Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria donde se quiere recibir la devolución.
-Contar, previamente, con la cancelación de deudas o regularización de las inconsistencias, para después poder recibir lo percibido.
-Contar con Domicilio Fiscal Electrónico.
-Ingresar con CUIT y clave fiscal al sitio web de la AFIP: www.afip.gob.ar. Si ya está habilitada la herramienta para pedir la devolución de 2020 se puede pasar directamente a “Devolución de percepciones”.
-Ir al “Administrador de Relaciones con clave fiscal”.
-Buscar “Devolución de percepciones”. Hacer click y completar los pasos para adherir el servicio 3.
-Cerrar la sesión y volver a ingresar con clave fiscal.
-En el listado de servicios, buscar “Devolución de percepciones”.
-Ingresar para completar el Formulario F.1746.
-Ir a la pestaña “Nuevo” y completar el período. Se puede cargar un solo mes en cada paso.
-Una vez puesta la fecha, se despliega un listado de percepciones correspondientes a la Resolución General 4815/2020 (35% por compra de dólares) de ese mes. Hay un ítem por cada operación. Pueden ser: compra de dólar ahorro, gastos con tarjeta, compra de viajes al exterior, entre otros.
-Cuando esté listo se clickea en el botón “Presentar”.
-Si no están cargadas las percepciones, se pueden cargar de forma manual.
Fuente: Clarín