En la sentencia del caso “Brítez Arce y otros versus Argentina”, la Corte IDH consideró que Argentina es responsable por “la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal y a la salud” de la mujer.
También responsabilizó al Estado por no cuidar los derechos “a la integridad personal, garantías judiciales, protección a la familia, derechos de la niñez y protección judicial” de la hija y el hijo de la víctima.
El tribunal internacional también señaló que se violó el artículo 7 de la Convención de Belém do Pará (referido a los deberes de los Estados para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres), en perjuicio de los hijos de Brítez Arce, en una sentencia que fue notificada ayer.
Es que la Corte consideró probado que la mujer no obtuvo el tratamiento médico que requería para su embarazo con los factores de riesgo asociados, ni contó con información completa sobre las posibles alternativas de tratamiento y sus implicaciones.
Por el contrario, fue sometida a violencia obstétrica en circunstancias que la expusieron a un riesgo que desencadenó en su muerte, sentenció la Corte.
Fuente: Télam