Artículo 1º: Dispóngase la existencia de recipientes descartadores de elementos corto punzantes en todos los centros de salud públicos del Distrito y en el Hospital Municipal “Eva Perón”, a fin que los ciudadanos puedan desechar las agujas y jeringas utilizadas en distintos tratamientos de patologías que requieren asiduamente aplicaciones con estos elementos.-
Artículo 2º: La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Secretaría de Salud del Municipio y deberá además dar participación a la Mesa de Salud y Educación Distrital a fin de coordinar acciones de trabajo y políticas conjuntas.-
Artículo 3°: La existencia de los puntos de recepción deberán ser comunicados e informados a la población mediante campañas de difusión a través de diversos medios de comunicación con el objeto de concientizar respecto a la importancia de la correcta disposición final de las agujas, jeringas y elementos corto punzantes utilizados en tratamientos médicos.