Esta herramienta, creada por la ANSV y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA), se hizo con el fin de que las motos cuenten con el seguro vigente antes de ser liberadas al tránsito y circulen en la vía pública por primera vez, tal como lo establece el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito.
“En los próximos días ninguna moto nueva podrá circular por las calles si no tiene el seguro obligatorio contratado antes de salir del concesionario. Esto es algo que sucede hace muchos años con los autos y que por algún motivo nunca se hizo con las motos. Con esto, el objetivo de la ANSV es modificar una vieja práctica para continuar construyendo una nueva cultura vial para todos los argentinos”, detalló en el escrito recientemente difundido el director ejecutivo, Pablo Martínez Carignano.
Asimismo, la normativa, comunicada por el organismo del Ministerio de Transporte a través de la disposición ANSV 544/2021, también será obligatoria para el trámite de patentamiento de motocicletas 0 km ante la DNRPA.
Respecto a los usuarios, el ANSV trabajará articuladamente con Cruz Roja Argentina para realizar un seguimiento, brindar asistencia técnica e información de concientización vial a todos los compradores que adquieran una moto 0 km y gestionen el seguro. Es importante destacar que, al momento de la adquisición de la moto, el comprador tendrá la opción de elegir la póliza de seguro que se ajuste a sus necesidades.
La respuesta de las concesionarias a la nueva medida para motos 0km
La Asociación Argentina de Motovehículos – Mottos, que representa a las concesionarias, se expresó respecto a esta nueva normativa. En un comunicado oficial indicaron que “toda acción que tienda a mejorar la Seguridad Vial, proteger a los usuarios de Motos y al público en general, es bienvenida por nuestra institución, ya que trabajamos por un sector cada vez más formal, organizado y seguro”.
Mottos aseguró que ahora “se excluye la responsabilidad del concesionario en la emisión del permiso de circulación que se emite en el momento del patentamiento, ya que, al dar de alta una póliza de seguros y el formulario digital de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el Permiso de Circulación queda validado por la ANSV y por lo tanto es un instrumento válido para circular, que hasta este momento no era reconocido por todas las autoridades de control vehicular de las distintas jurisdicciones de nuestro país”. Además, destacaron que solo el 20% del parque de motovehículos registrados tiene una cobertura de seguros vigente.
“La obligatoriedad del Seguro de Responsabilidad Civil ya estaba prevista en la Ley Nacional de Tránsito, pero lamentablemente diversas situaciones han llevado a que la misma no se cumpla”, indicó la asociación y completó: “Es de vital importancia cumplir con la ley, ello redundará en beneficio de un mercado seguro, bajando la siniestralidad, evitando la proliferación de los motochorros, este es un compromiso de todos para una sociedad en comunidad con paz, trabajo y solidaridad”.
Fuente: Ámbito