La primera está destinada a pymes y otras empresas que poseen deudas derivadas de su actuación como agentes de recaudación, y las dos restantes están orientadas a contribuyentes que hayan visto afectada su actividad económica por la pandemia durante los años 2020 y el 2021.
La extensión de las medidas, que fue publicada ayer en el Boletín Oficial del distrito, permitirá a empresas que actúen como agentes de recaudación, regularizar deudas provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas, no ingresadas o ingresadas fuera de término, en relación con Ingresos Brutos y Sellos, vencidas al 31 de diciembre de 2020, tanto en instancia judicial como prejudicial.
También se prorrogó hasta el último día del año la posibilidad de adherir a la moratoria impositiva que posibilita a familias y empresas regularizar deudas de los impuestos Inmobiliario, Automotores y Embarcaciones Deportivas vencidas durante 2020, que ofrece quitas de hasta el 100 por ciento en multas e intereses, segmentados con un carácter de progresividad, en función de la capacidad de pago de los hogares y empresas, con mayores beneficios y facilidades para quienes fueron más perjudicados.
Además del beneficio de quita de una parte de la deuda, contarán con la posibilidad de financiarla en hasta 24 cuotas, con una tasa que va del 0 por ciento al 2 por ciento, dependiendo del plazo elegido para adherirse al plan y la situación de cada contribuyente.
Paralelamente, la extensión de los plazos que se publicó hoy posibilitará regularizar deudas de Ingresos Brutos, Automotores e Inmobiliario Básico, tanto en planta urbana edificada como rural, vencidas en 2021.
Fuente: El Día