El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 18 de La Plata condenó al Banco de la Provincia de Buenos Aires a pagar una multa de $4.000.000 más intereses, como resarcimiento a un cliente víctima de ciberestafa, dado que un grupo de delincuentes tomaron créditos, pidieron un adelanto de sueldo y realizaron transferencias en su nombre sin controles de la entidad bancaria.
El caso en cuestión tuvo como protagonista a Carlos Manuel Rodríguez, un empleado de tránsito de Control Urbano de la Municipalidad de Berisso que en el año 2020, fue engañado a través de una llamada telefónica donde le sustrajeron datos de su homebanking para el supuesto depósito de un premio que había ganado en un concurso.
Luego del vaciamiento de su cuenta, la víctima elevó una demanda en los Autos: “R.C.M. C/ Banco de la Provincia de Buenos Aires S/ Nulidad de Contrato” enmarcada en lo que se traduce como un caso de phishing, una tipo de ciberestafa que utilizan los delincuentes para obtener información confidencial de los usuarios de forma fraudulenta y apropiarse de la identidad de esas personas.
En su reclamo ante la Justicia, el damnificado pidió como indemnización al Banco Provincia tres veces el monto del crédito sustraído a su nombre de $460.000 como daño punitivo y la repetición de los $10.500 de adelanto del sueldo, con intereses.
La jueza interventora María Verónica Leglise, del Juzgado Civil y Comercial 18 de La Plata, receptó la demanda interpuesta por Rodríguez y como medida preventiva, en 2021, le ordenó al banco que dejara de descontarle las cuotas del crédito; a pesar de que el abogado del Banco Provincia responsabilizó exclusivamente al cliente por proporcionar sus claves de seguridad y posibilitar su propia ciberestafa.
La Jueza observó un trato degradante por parte del Banco Provincia que responsabilizó exclusivamente al cliente por la ciberestafa.
El defensor del Banco Provincia adujo que el hombre “violó el Reglamento de Cajero Automático de no hacer operaciones por instrucciones de terceros”. En ese sentido, remarcó que no solo le facilitó sus claves, que son personales e intransferibles, a su mujer, sino también al estafador. “El sistema informático no falló. Fue por el actuar torpe o negligente del cliente”, concluyó el letrado.
Finalmente, luego de casi 4 años de litigio, Leglise falló a favor de Martínez y observó el “trato degradante” de la entidad bancaria para con la víctima. En palabras de la magistrada, en lugar de colaborar con la resolución del problema, el Banco “responsabilizó al cliente, asegurando su propio interés financiero en detrimento del denunciante”, quien falleció poco antes de que culmine el proceso legal.
Ciberestafa: las particularidades del fallo que multa al Banco Provincia
Este fallo puntualiza concretamente sobre las falencias que presenta el sistema electrónico de operaciones bancarias, más especialmente durante la pandemia, que fue cuando ocurrió este hecho, y pretende que los bancos refuercen las medidas de seguridad en las operaciones electrónicas ante los múltiples casos registrados de ciberestafa en los últimos años.
En los considerandos, Leglise subraya: “El Banco de la Provincia de Buenos Aires en su condición de entidad predisponente de una plataforma electrónica que invita a sus clientes a operar mediante procedimientos electrónicos, tiene un deber de seguridad para que sus operaciones sean confiables, seguras, inviolables, confidenciales, es decir, protejan y resguarden la seguridad de las personas humanas.”
En esta línea, la magistrada agregó que la seguridad de cada cuenta debe ser brindada por la entidad bancaria, ya que es quien diseña, ofrece y controla la plataforma informática sobre la que operan sus clientes, así como debe asegurarse que no existan situaciones de ciberestafa, hackeos, defraudaciones o vulnerabilidad de sus clientes por parte de terceros.
Uno de los interrogantes planteados por la Jueza se centra en torno a la seguridad de un sistema que otorga claves en menos de 24 horas, y que permitió a los ciberdelincuentes obtener créditos “pre acordados” y también “adelantos de haberes” transferidos a cuentas de terceros desconocidas por el cliente, sin que la entidad bancaria adopte ningún reaseguro.
El abogado de la familia Rodríguez, Marcelo Szelagowski, con experiencia en litigios contra entidades bancarias, celebró el fallo de Leglise en relación a la ciberestafa percibida por su cliente y señaló que la magistrada, es “un ejemplo de aggiornamiento en materia de derecho del consumidor”.
Luego de la sentencia favorable, Szelagowski concluyó que la Justicia finalmente comprendió quién es el eslabón más débil del contrato bancario, en el que los “bancos han ganado miles de millones realizando todas las operaciones de manera electrónica y no quieren asumir los daños que tal actividad riesgosa genera, haciendo las inversiones necesarias para resguardar el dinero de todos los ciudadanos”.
Fuente: Diputados Bs As