«La actividad disciplinaria de los Colegios de Abogados forma parte de sus deberes funcionales, y se encuentra encaminada a asegurar el correcto ejercicio de la profesión.
La potestad tiende a proteger a los ciudadanos, al sistema de administración de justicia, y al prestigio de la profesión.
Es bien conocida la tradicional ecuanimidad con la que esta centenaria institución ha desarrollado tan magna función, tan distante de defensas corporativas, como de injustas vindictas.
Desde esta perspectiva, no resultan sino injustas las sospechas lanzadas por dos medios de difusión, que, mediante infundados recelos, pretenden poner un manto de duda sobre tal menester.
Tan falsos reproches resultan inconducentes si con ellos se pretende forzar alguna decisión de este Colegio, que no sea la que corresponda según el derecho vigente; pero, fundamentalmente, resultan agraviantes para nuestra institución, y descalificantes para quien las propala de manera tan irresponsable.
Esperamos sinceramente que los medios aludidos se llamen a la reflexión y, luego de verificar sus fuentes, hagan una profunda autocrítica de los mencionados excesos.»
Mesa Directiva del Colegio de Abogados y Procuradores del Departamento Judicial Bahía Blanca