Fuentes del Ministerio de Defensa confirmaron que aunque se venía hablando del tema, es la primera vez que llega un «mensaje concreto».
El Ejército deberá incorporar un 1% de personas travestis, transexuales y transgénero. Ayer al mediodía se les pidió a los comandantes, directores generales, directores y jefes de elemento que informaran la situación existente con el objeto de realizar un diagnóstico.
Esto se produce a partir del decreto N°721/20, que dispuso que, en el Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8 de la Ley N°24.156, «los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de los mismos de personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad».
A raíz de un requerimiento de la Subsecretaría de Empleo Público y al Ministerio de Defensa, deberán informar «si cuenta la unidad con personal transexual, transgénero o travesti trabajando actualmente en el marco de todas las modalidades de contratación vigente».
El mensaje recibido agrega que, en caso de respuesta afirmativa, indicará el porcentaje de los cargos que se encuentran ocupados por dicho personal.
También solicitan el último nivel de formación académica alcanzado, la descripción del tipo de funciones desempeñadas y la antigüedad en la administración pública y en el organismo.
Finalmente se aclara que la información deberá enviarse sin datos filiatorios que deberá estar antes del 30 de noviembre.
Una fuente del Ministerio de Defensa indicó a NA que si bien se venía hablando del asunto, «es la primera vez que llega un mensaje concreto».
Fuente: El Tribuno