El Gobierno nacional precisó el alcance de las licencias a trabajadores privados, por un plazo de 14 días corridos, debido al coronavirus, que incluye la recomendación de «disminuir» la presencia de trabajadores en las empresas.
Las precisiones fueron informadas a través de la resolución 207 del Ministerio de Trabajo, que conduce Claudio Moroni, publicada en el Boletín Oficial.
La medida autoriza a suspender “el deber de asistencia al lugar de trabajo por el plazo de catorce días (14) días, con goce íntegro de sus remuneraciones”, a todos los trabajadores y las trabajadoras que se encuentren en las siguientes situaciones:
*Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de edad, excepto que sean considerados “personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”. Se considerará “personal esencial” a todos los trabajadores del sector salud.
*Trabajadoras embarazadas.
*Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional. Dichos grupos son:
-Enfermedades respiratorias crónica: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
-Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
Inmunodeficiencias.
-Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
Fuente: Ámbito