El Gobierno unificó el sistema para realizar compras pequeñas en el exterior

El Gobierno modificó el régimen de compras en el exterior y equiparó los beneficios tributarios del sistema puerta a puerta con los vigentes para los envíos realizados mediante prestadores PSP/Courier. La medida fue oficializada a través del Decreto 604/2026, publicado en el Boletín Oficial, y también incorporó cambios para las exportaciones comerciales por correo. La reforma modificó el Decreto 1001/82 y derogó el artículo 8° del Decreto 161/99, vigente desde el año 1999.

La principal novedad para los consumidores es que los envíos postales de hasta USD 400 FOB quedarán exentos del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística. El beneficio podrá utilizarse en un máximo de cinco operaciones por año y por persona. Cuando el valor supere ese límite, el excedente deberá tributar según el régimen general de importación para consumo.

Hasta ahora, el sistema administrado por el operador postal contemplaba una franquicia de apenas USD 50 por envío, con un tope de 12 operaciones anuales. En cambio, el courier ya contaba desde 2024 con una exención de hasta USD 400 FOB y cinco envíos por año. Con la nueva normativa, ambos mecanismos quedarán alineados y el tratamiento impositivo dejará de depender del canal elegido para ingresar la mercadería.

El decreto también establece que el operador postal estará autorizado automáticamente para representar al destinatario ante la Aduana. La persona podrá intervenir por su cuenta o designar a otro representante, pero deberá comunicarlo de manera fehaciente antes de que el paquete ingrese al país. Los controles aduaneros continuarán vigentes y el organismo podrá abrir los envíos cuando lo considere necesario.

En materia de exportaciones, la norma reglamentó por primera vez los despachos comerciales realizados mediante el operador postal argentino y eliminó los límites de valor. ARCA deberá dictar las disposiciones complementarias para implementar el sistema.

El objetivo oficial es facilitar el comercio electrónico transfronterizo y ampliar las posibilidades de pequeños productores y empresas que venden volúmenes reducidos. Para los envíos sin fines comerciales, como ayuda familiar o regalos personales, se mantendrá la exención tributaria hasta un monto acumulado de USD 5.000 mensuales por remitente.

Fuente: Infobae