Desde este mes de enero, y por el resto de la temporada de verano, el personal municipal dependiente de la Secretaría de Coordinación y Gestión busca concientizar a visitantes y turistas, recordando la vigencia de la Ordenanza 3.973 y explicando sus alcances. Luego, se labrarán infracciones ante el incumplimiento de la misma.
Según la normativa, la ZONA ESPECIAL PARA BAÑISTAS 1 (ZB 1), comprende el frente costero entre Avenida Rosales en su intersección con Avenida González Martínez y la Avenida Ameghino (Bajada de Punta Mingo).
Aquellos que deseen bajar con mascotas, realizar actividades náuticas (como pesca, kayak, kite surf, entre otras) o transitar con vehículos 4×4 deberán hacerlo fuera de esa zona en los lugares establecidos para cada actividad.