Excepción de aprobar los recuperatorios de la nivelación para ingresantes

El rectorado resolvió “exceptuar del requisito de aprobación del Examen Recuperatorio de Nivelación a los Ingresantes 2020 que están cursando materias vinculadas a la Nivelación, a menos que las Unidades Académicas consideren ineludible el cumplimiento de este requisito

En virtud de las medidas que debieron tomarse a causa de la pandemia de Coronavirus, y teniendo en cuenta “que la Nivelación tiene un carácter propedéutico, fundado esencialmente en la necesidad de asegurar las competencias necesarias y acompañar a los ingresantes en su inserción en la vida universitaria, lo que determina que las modalidades y etapas evaluativas que se instrumenten estén al servicio de esta finalidad”, pero también en que “en virtud del art. 2º de la resolución R 186/2020 se han dejado sin efecto para el Ingreso 2020 los Cursos Remediales, sin que se hayan previsto para el primer cuatrimestre otras instancias alternativas que permitan profundizar, en un lapso más prolongado, aquellos conocimientos necesarios para el desarrollo de las materias del primer cuatrimestre vinculadas a la Nivelación”, el rectorado resolvió “exceptuar del requisito de aprobación del Examen Recuperatorio de Nivelación a los Ingresantes 2020 que están cursando materias vinculadas a la Nivelación, a menos que las Unidades Académicas consideren ineludible el cumplimiento de este requisito”. Además, la resolución R 238/2020 establece que “aquellas Unidades Académicas que consideren ineludible el cumplimiento de la instancia de Recuperatorio de la Nivelación para el logro de los objetivos de sus materias, solicitarán a la Secretaría General Académica que gestione ante la Unidad Académica responsable de la asignatura de Nivelación los mecanismos que considere pertinentes para dar continuidad al estudiante en los cursos en los que estuviere inscripto. Dicha solicitud se deberá presentar antes del 30 de abril”.

También, dispone “prorrogar el plazo para acreditar finalización del nivel secundario para aquellos estudiantes que adeuden asignaturas y/o no hayan podido regularizar su situación en el contexto de la pandemia hasta que las autoridades educativas competentes generen los mecanismos para ello”. Según esta medida, “dichos aspirantes continuarán como alumnos condicionales. La condición de aspirante no confiere ningún derecho ni interés legítimo hasta tanto no se completen los requisitos establecidos por las normativas administrativas universitarias”. El texto completo de la Resolución puede verse aquí:
https://st02.uns.edu.ar/noticias/documentos/175.pdf

Prensa UNS