Además, se establece que titulares residentes en el exterior pueden presentar, de forma excepcional, el certificado de supervivencia semestral ante el banco apoderado también hasta el último día de diciembre.
Además, se establece que titulares residentes en el exterior pueden presentar, de forma excepcional, el certificado de supervivencia semestral ante el banco apoderado también hasta el último día de diciembre.