En ese sentido, mediante la Resolución 8/2024 publicada en Boletín Oficial se definió que en esta audiencia se discutirán los siguientes temas:
– La redeterminación de la estructura de subsidios vigente a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial de electricidad y gas natural, incluyendo la consideración de los subsidios destinados a aquellos usuarios que carecen de conexión a la red de gas natural
– Su incidencia sobre el precio estacional (PEST) en el Mercado Mayorista Eléctrico (MEM), el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) y el precio del gas propano indiluido por redes
– La readecuación del esquema de subsidios previsto en el Programa Hogares con Garrafa (HOGAR) aprobado por el Decreto N° 470 del 30 de marzo de 2015.
El documento se encuentra firmado por Eduardo Javier Rodriguez Chirillo, actual secretario de energía.
El nuevo criterio de subsidio que presentará la secretaría dejará atrás la segmentación de tarifas de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, implementada en el último tramo de la administración anterior, a partir del Decreto 322 de 2022.
Para la nueva administración, esa segmentación de tarifas si bien significó una mejora en cuanto a la gestión de los subsidios del Estado según el nivel de ingreso de los titulares de los servicios, sus resultados se mantienen lejos del criterio adecuado de auxiliar a los que realmente lo necesitan.
A partir de ese primer escenario que complementa la decisión de una readecuación de las tarifas, la Secretaría de Energía inició un proceso de enfocar los subsidios a partir de establecer una canasta básica energética con volúmenes indispensables de consumo de gas y electricidad por zona bioclimática.
De esta manera, la propuesta oficial prevé determinar los ingresos totales del grupo conviviente y un porcentaje de ese ingreso usualmente aplicado a pagar la factura de energía.
A partir de ese primer paso se establecerán los alcances de la canasta energética básica indispensable que se determinará según la región del país y la conformación de ingresos del grupo conviviente.
Consecuentemente, se podrá contrastar el costo de esas cantidades con el ingreso del grupo conviviente y limitar la incidencia de ese costo a un porcentaje del ingreso, subsidiando el Estado la diferencia en aquellas situaciones de vulnerabilidad.
De esta manera, el subsidio que otorgará el Estado será el diferencial cuando el precio de la canasta básica energética supere un porcentaje determinado de los ingresos totales del grupo conviviente y no del titular del servicio como viene ocurriendo hasta la actualidad.
También se revisará la superposición de estos subsidios con los beneficiarios de planes sociales, la mayoría de los cuales -por definición- fueron categorizados como Nivel 2.
Se cuestiona la falta de control en el padrón de usuarios del Registro Nacional Único de Titulares de Servicios Públicos Esenciales (Renut) e incoherencias o discrepancias con el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y la base de datos del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTYS).
La propuesta oficial permitirá develar también si se buscará avanzar con la derogación de la ley 27.637 que dispuso la ampliación del régimen de zona fría, vigente hasta el 31 de diciembre de 2031, que reconoce hasta un 50% de los cuadros tarifarios para el gas en redes o en garrafas.
Además, está bajo revisión la continuidad del beneficio que reciben los usuarios más vulnerables de gas natural, que son aquellos que no tienen acceso a redes y usan garrafas de Gas Licuado de Petróleo (GLP), contemplados en el Programa Hogar, que consiste en un subsidio directo que se se paga a través de la Anses.
Fuente: diario Ámbito