IOSFA medicamentos, novedades

Nuevas medidas en el funcionamiento de la IOSFA fueron conocidas en las últimas horas referidas a las normas operativas sobre medicamentos.

«Ante la Emergencia Sanitaria Nacional dispuesta por Ley N° 27.541 y el Decreto N° 260/2020 en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus
COVID-19, que motivó que muchos médicos de cabecera y de los consultorios externos de los Hospitales Militares han dejado de concurrir a sus consultas, realizando y enviando a sus pacientes prescripciones virtuales (por e-mail o imágenes por teléfono celular), solicito a Ud realizar a partir del día de la fecha una excepción a las normas operativas aceptando de parte de afiliados IOSFA :
Impresiones de recetas enviadas por correo electrónico o por teléfono celular /Whatsapp (en cualquiera de las dos opciones la impresión queda a cargo del afiliado). En estos casos deberá conformarse la receta impresa y
adherir los troqueles a la misma.

a.
Imagen de la prescripción a partir de una fotografía o imagen de Whatsapp exhibida en su teléfono celular.
En estos casos se deberá conformarse y adherir los troqueles en el ticket fiscal / remito.
b.
En ambos casos deberán estar, como mínimo, claramente consignados los siguientes datos:

Nombre y apellido afiliado.
• Nº DNI o ex – Nº de afiliación.
• Prescripción por nombre genérico.
• Cantidades en letras y números.
• Firma del profesional.
• Sello y Nº matrícula legibles, pudiendo estar la misma aclarada de puño y letra.

En cuanto a las cantidades prescriptas, las mismas deberán estar de acuerdo a las normas operativas de recetas vigentes que se pueden consultar en www.iosfa.gob.ar. También recuerdo la vigencia del ME-2020-18324197-
APN-GP#IOSFA.

Quedarían exceptuadas de esta operatoria psicotrópicos, estupefacientes y sustancias de riesgo que requieran la presentación de duplicados y/o recetas oficiales.

Cabe aclarar que esta situación permanecerá vigente hasta nuevo aviso y que las recetas aceptadas en las condiciones mencionadas ut-supra no serán motivo de débito.»