La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) autorizó la venta sin receta de diez grupos de medicamentos que hasta ahora requerían prescripción. La decisión fue oficializada este martes mediante la Disposición 4714/2026 y comenzará a regir desde este miércoles 29 de julio.
La modificación comprende únicamente las concentraciones, presentaciones y vías de administración detalladas por el organismo. Los productos deberán estar inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales.
Cuáles son los medicamentos alcanzados
La lista incluye la trimebutina maleato de 100 miligramos, en comprimidos o cápsulas; la levocetirizina diclorhidrato de 5 miligramos y en solución oral; y la fexofenadina clorhidrato de 60 y 120 miligramos, además de su presentación líquida.
También podrán adquirirse sin receta el dimenhidrinato de 50 miligramos y las soluciones oftálmicas elaboradas con nafazolina y feniramina, así como aquellas que contienen olopatadina.
La disposición incorpora además la carboximetilcisteína en jarabe o solución oral al 5%, el cloruro de aluminio hexahidratado en loción tópica al 20% y una preparación de carbonato de calcio, tintura de árnica y nitrato de plata.
En el caso de la ivermectina, la autorización se limita exclusivamente a la loción tópica al 0,5%. La medida no comprende las presentaciones de administración oral ni habilita su utilización para indicaciones diferentes de las incluidas en el prospecto.
Los principios activos alcanzados se utilizan en productos destinados a tratar síntomas digestivos, cuadros alérgicos, mareos, tos con secreciones, irritaciones oculares, sudoración excesiva y algunas afecciones externas de baja complejidad.
Los requisitos evaluados por la Anmat
Para cambiar la condición de expendio, la Anmat analizó que los medicamentos tuvieran eficacia y seguridad comprobadas, un margen terapéutico amplio y al menos cinco años de comercialización bajo receta en el país sin reportes que modificaran de manera grave su relación entre riesgos y beneficios.
El organismo también tomó en cuenta los registros del Sistema Nacional de Farmacovigilancia y los antecedentes de agencias sanitarias internacionales, entre ellas las de Estados Unidos, España, Francia, Brasil y Colombia.
La revisión se realizó a partir de una resolución del Ministerio de Salud de 2024, que encomendó evaluar qué especialidades medicinales podían pasar a venta libre por contar con calidad, seguridad y eficacia probadas.
Qué pasará con los envases y prospectos
Los lotes liberados antes de la entrada en vigencia podrán continuar comercializándose con sus rótulos, envases y prospectos actuales.
En cambio, los nuevos lotes deberán indicar su condición de venta libre, incorporar un código QR con el prospecto y adecuar el tamaño de las presentaciones a la dosis y duración del tratamiento autorizadas.
La posibilidad de adquirirlos sin receta no modifica las indicaciones, contraindicaciones ni dosis aprobadas. Ante síntomas persistentes, efectos adversos o dudas sobre su utilización, corresponde realizar una consulta con un profesional de la salud.
Fuente: La Nación
