Diputados sancionó la norma que exige un 30% de cupo femenino en la grilla de cualquier evento o festival musical.
La Ley se aprobó por 133 votos afirmativos, 5 negativos y 16 abstenciones.
La iniciativa fue impulsada por la senadora kirchnerista Anabel Fernández Sagasti y tuvo el apoyo de cientos de músicos en todo el país y otros partidos políticos
El proyecto propone visibilizar a las músicas y a las mujeres que cumplen otras tareas dentro de los espectáculos y eventos como las que se encargan del montaje de un escenario, la iluminación o el sonido.
A continuación, los puntos más destacados de la ley
La Autoridad de Aplicación es el Instituto Nacional de la Música (INAMU): deberá redactar la normativa para que la ley sea aplicada.
El objetivo es que sea de aplicación inmediata para aprovechar la gran cantidad de festivales que se realizan durante la época veraniega.
Se aplica a partir de tres artistas programados en eventos musicales. Se cumple cuando suman mujeres solistas (aunque el resto de los integrantes sean varones) o bandas mixtas que cumplan con el 30% de músicas.
De no respetarse se deberá pagar una multa por un valor equivalente hasta el 6 % de la recaudación bruta, en el caso que el evento sea gratuito la sanción será aplicada sobre el pago de cachet de los artistas y de los sponsors involucrados.
Es importante destacar que la ley no regula sobre la formación del grupo, regula sobre la grilla del evento. Las bandas no deberán incluir mujeres, los eventos deberán hacerlo.
Los responsables de hacer efectiva esta norma son quienes cumplan la función de productor/a y/o curador/a y/u organizador/a y/o responsable del evento.
La ley no regula sobre las grillas extranjeras, en el caso de los festivales que involucren artistas nacionales se ordena sobre la lista nacional de músicas.
Un dato que no es menor es que según informó el Instituto Nacional de la Música (INAMU), el promedio de mujeres sobre los escenarios de los festivales en el país es menor al 15%.
Fuente: LM Neuquén