Los concejales del Frente de Todos buscan la sustitución de vehículos de Tracción a Sangre

Desde el bloque de concejales del Frente de Todos, los ediles Rodrigo Sartori, Paula Bermejo y Luis Rodolfo Coca han presentado un proyecto de ordenanza a fin de crear un programa para sustituir la tracción a sangre.

En el proyecto buscan conformar un trabajo conjunto entre oposición, oficialismo y protectoras de animales que aborden el tema.

El objetivo final es darle la herramienta del motovehiculo a los trabajadores que reciclan para que sigan cumpliendo una tarea fundamental en la comunidad.

Aquí el proyecto completo:
«ARTICULO Nº 1: Créase el Programa de Sustitución y Abolición de Vehículos de Tracción a Sangre en todo el ámbito del partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales.
 
ARTICULO Nº 2: Son sujetos de la presente ordenanza todos los recolectores de residuos sólidos, reciclables o reutilizables, repartidores de productos varios y otros que puedan existir que, aunque realicen otras actividades, lo hagan utilizando a esos fines vehículos de tracción a sangre humana o animal.
 
ARTICULO Nº 3: Créase el “Registro Único Permanente de Vehículos de Tracción a Sangre” con el objeto de establecer un mecanismo que determine la población de equinos utilizados para diferentes trabajos que circulen por el distrito de Coronel Rosales.
 
ARTICULO Nº 4: El Registro creado por el art. 2 de la presente deberá especificar:
1.  Datos del propietario, tenedor o responsable del equino;
2.  Datos de la persona que circula en el carro;
3.  Características del vehículo utilizado;
4.  Características del animal usado en el acarreo (edad, sexo, peso, estado de salud y otros);
5.  Tipo de material recolectado, y frecuencia y horario en que el caballo es usado como animal de tiro;
6.  Más una extensa y minuciosa entrevista para conocer todos los datos familiares y personales de los trabajadores.
El listado precedente no posee carácter taxativo, por lo que quedará a criterio de la Secretaría de Desarrollo Social anexar otros requisitos que considere necesarios y/o pertinentes, aunque no podrán ser menos comprensivos que los detallados.
ARTICULO Nº 5: La Secretaría de Desarrollo Social evaluará la situación socio-económica de las personas y familia registradas con el objeto de elaborar un informe que acredite las condiciones de vida en que se encuentran y que se elevará al Departamento Ejecutivo a fin de promover su inclusión laboral en los diversos programas de la órbita municipal, provincial o nacional, como así también en los emprendimientos del área privada. Esta información deberá ser considerada para la elaboración de futuras políticas públicas suplementarias a la presente ordenanza.
 
ARTICULO Nº 6: Bríndese atención veterinaria gratuita para los animales registrados en el Registro Único Permanente de Vehículos de Tracción a Sangre.
 
ARTICULO Nº 7: Créese la Autoridad Coordinadora para la Estrategia de Reemplazo de la Tracción a Sangre en el ámbito de Coronel Rosales, teniendo por objeto regularizar la situación laboral de los trabajadores contemplados en el Registro Único Permanente de Vehículos de Tracción a Sangre, promoviendo la sustitución y consecuente abolición de dicha práctica. Dicha Autoridad Coordinadora estará integrada por representantes de la Secretaría de Desarrollo Social, un concejal del oficialismo, un concejal de la oposición y protectoras de animales y agrupaciones de la sociedad civil que aborden dicha problemática.
 
ARTICULO Nº 8: En cumplimiento del artículo 7, gestiónense las acciones tendientes a implementar el mecanismo de sustitución de los caballos por otros medios que ofrezcan una alternativa laboral superadora (motocargas, zootropos, etc), de forma paulatina, efectuando una prueba piloto con aquellos carreros que de forma voluntaria hayan expresado su deseo de participar en él, y/o a través de creación de otros programas productivos vinculados a la actividad de recolección o afines. Los vehículos de tracción motora (VTM) deberán ser entregados en comodato de forma voluntaria a quienes se encuentren debidamente registrados de acuerdo a lo establecido por la presente Ordenanza y manifiesten su deseo de la sustitución descripta. La autoridad de aplicación definirá la prioridad de los casos a sustituir.
 
ARTICULO Nº 9: Una vez verificada la eficacia de los Vehículos de Tracción Motora por medio de la prueba piloto, se procederá a concluir con la sustitución total de los vehículos de TAS incorporando la posibilidad de ofrecer publicidad en los vehículos motores a instituciones privadas que quieran promocionarse a través de este medio.
 
ARTICULO Nº 10: Determínese como límite un período de cuatro años para el reemplazo completo y definitivo de los vehículos a tracción a sangre animal. Finalizado el período de transición, entra en plena vigencia la abolición definitiva de la tracción a sangre animal, que implica la prohibición total de la circulación de animales de tiro dentro del ejido municipal.
 
ARTICULO Nº 11: Créase la partida presupuestaria con los fondos necesarios para la aplicación de la presente, para la implementación del presente Programa.
 
ARTICULO Nº 12: De forma.-«