La Ley de Inocencia Fiscal generó un fuerte impacto en el fuero penal económico: el 81% de las causas penales tributarias en trámite quedaron alcanzadas por los nuevos umbrales de punibilidad establecidos por la reforma. Según datos oficiales incluidos en el informe de gestión del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, la normativa benefició a 5.445 expedientes sobre un total de 6.750 causas que estaban abiertas al momento de la sanción de la Ley 27.799, vigente desde el 2 de enero.
El cambio principal se explica por la actualización de montos que habían quedado desfasados por la inflación. Antes de la reforma, la evasión simple estaba fijada en $1,5 millones por tributo y por ejercicio, un valor congelado desde 2017. Con la nueva ley, ese umbral pasó a $100 millones. En la evasión agravada, el piso subió de $15 millones a $1.000 millones; la retención indebida de aportes de seguridad social pasó de $100.000 a $3,5 millones mensuales; y la retención indebida de tributos, de $100.000 a $10 millones por mes.
“El 81% de las causas estaba por debajo del nuevo umbral de punibilidad. Eso significa que durante años el Estado persiguió penalmente a contribuyentes por montos que hoy la propia ley considera insignificantes”, sostuvo el abogado tributarista Diego Fraga, quien cuestionó el costo estatal de sostener esos procesos. También remarcó: “Perseguir penalmente montos bajos distorsiona el sistema: criminaliza incumplimientos que deberían resolverse en sede administrativa con multas, no con causas penales”.
La aplicación retroactiva de la ley penal más benigna permitió que muchas causas dejaran de impulsarse, ya sea por instrucción de ARCA, por planteos de las defensas o por decisiones de oficio de los jueces. Enrique Condorelli, especialista en penal económico, explicó que “hasta los jueces que tenían una causa en trámite, y estaba debajo de los nuevos umbrales, ya aplicaban la ley penal más benigna”.
Uno de los casos más resonantes fue el de Lázaro Báez, sobreseído parcialmente en una causa vinculada a Austral Construcciones por IVA y Ganancias de distintos períodos. Según los especialistas, la corrección de los umbrales dejó fuera del reproche penal a hechos que, por efecto de la inflación, quedaron por debajo de los nuevos pisos. Hacia adelante, desde enero de 2027, los montos se actualizarán por UVA.
Fuente: Clarín
