Del total de beneficiarias del país, 62.111 viven en la provincia de Buenos Aires. Se trata de mujeres con hijos que con 60 años o más no alcanzan a reunir los 30 años de aportes necesarios para iniciar un trámite jubilatorio.
A partir de la vigencia del Decreto pueden computar:
· 1 año de aportes por cada hijo o hija;
· 2 años por hijo o hija adoptado o adoptada siendo menor de edad;
· 1 año adicional por cada hijo o hija con discapacidad;
· 2 años adicionales en caso de que por el hijo o hija haya accedido a la Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos 12 meses.
Asimismo, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas. Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes.
Cómo se realiza el trámite
El trámite es con turno previo, DNI y la o las partidas de nacimiento de los hijos o hijas. Si la titular tiene hijas e hijos con discapacidad, es necesario llevar el Certificado de Discapacidad (CUD); si se trata de hijas o hijos adoptados, la sentencia de adopción.