El DNU fue contra la ley de Envasado en Origen, que obliga a cualquier yerbatera a radicarse en Misiones o Corrientes si produce yerba tradicional. En cambio, las yerbas compuestas pueden estar en otras jurisdicciones. Por ejemplo: Cachamai (Rosario), CBSé (Santa Fe) o Verdeflor (Córdoba).
“Avocarme al conocimiento de la medida cautelar solicitada a fin de garantizar el efectivo derecho a la salud integral del grupo vulnerable constituido por los pequeños productores yerbateros y, en consecuencia, ordenar la inmediata suspensión de lo dispuesto en el Capítulo I – Instituto Nacional de la Yerba Mate (Ley N° 25.564) -arts. 164 al 168- del DNU 70/2023 y de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento específicamente, a fin de que no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate de conformidad con el texto original de la Ley N° 25.564, hasta tanto se dicte sentencia respecto del fondo”, dice el fallo firmado por la jueza Adriana Fiori, titular del Juzgado Civil y Comercial n°8 de Misiones.
Al margen de la cautelar, la jueza se inhibió y remitió la causa al Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas. En ese fuero, en otra causa reciente, accionó la provincia de Misiones, y ya se remitió el expediente a la Corte Suprema.
Fuente: La Nación