La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal volvió a fallar a favor del Gobierno en la disputa por la reforma laboral. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 dejó sin efecto las últimas medidas cautelares dictadas por el fuero laboral para suspender artículos de la Ley 27.802 de modernización laboral, impulsada por la administración de Javier Milei.
La resolución se produjo en el expediente iniciado por el Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante contra el Estado Nacional, y anuló una cautelar que había sido concedida por el Juzgado Nacional del Trabajo N°63, a cargo de Enrique Ojeda.
El fallo sostuvo que la medida debía quedar sin efecto porque fue dictada por un magistrado que ya había sido declarado incompetente para intervenir en causas vinculadas con la reforma laboral. “En atención a lo resuelto en la causa N°10308/2026 ‘Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ acción declarativa’ con fecha 8/5/2026, se deja sin efecto la medida cautelar concedida por el Sr. Juez en lo laboral que fue declarado incompetente para intervenir”, señaló la resolución.
La decisión llegó luego de una presentación del Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, y de la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Sebastián Amerio. El Gobierno había reclamado la nulidad de cautelares obtenidas por sindicatos ante la Justicia laboral, con el argumento de que generaban una aplicación fragmentada de la norma.
Con esta definición, los artículos de la Ley 27.802 quedan plenamente vigentes mientras continúa el debate de fondo sobre su constitucionalidad. La estrategia oficial apunta a concentrar todas las impugnaciones en el expediente colectivo principal que tramita en el mismo juzgado contencioso.
El fallo se vincula con otra resolución del 8 de mayo, cuando el tribunal rechazó una cautelar de la CGT que buscaba suspender más de 80 artículos de la reforma. Ese pronunciamiento consolidó el criterio de que las acciones contra la ley deben tramitar en el fuero Contencioso Administrativo Federal y no en la Justicia del Trabajo.
La reforma laboral introdujo cambios en contratación, registración de empleados, multas, intermediación, bloqueos sindicales y modalidades de relación laboral. Desde su sanción, fue cuestionada por sindicatos y organizaciones gremiales, que denunciaron posibles afectaciones a derechos laborales y promovieron múltiples presentaciones judiciales.
Fuente: Infobae
