El fiscal solicitó la pena de 2 años de prisión de cumplimiento efectivo porque los hechos atribuidos resultan ser sobre violencia contra la mujer, basada en su género y el estado, a través de la “Convención de Belém do Pará” ha asumido las obligaciones de prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer; de establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos.
Además, la fiscalía consideró que el acusado presenta antecedentes condenatorios, por lo que debe ser declarado reincidente.
A ello se le suma a la gravedad de los hechos investigados junto a la reiteración de los actos de violencia desplegados hacia la víctima, que “la han colocado en un marco de vulnerabilidad que impone resolver la cuestión con perspectiva de género, ya que de no adoptar ser las medidas adecuadas estas conductas se sostendrán en el tiempo, por lo que resulta procedente que se dicte una pena de cumplimiento efectivo”, afirmó el fiscal Romero Jardín.
El pedido no fue aceptado por la defensa por lo que el conflicto será analizado en el debate oral y público, el cual se realizará en dependencias del Juzgado Correccional N.º 1 a cargo del juez Gabriel Giuliani.
Fuente: Agencia de Noticias Judiciales