La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante la resolución 3. Instruye que la tasa de seguridad de la aviación deberá ser abonada por los pasajeros que “embarquen en vuelos internacionales, regionales y/o de cabotaje, de aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos, a bordo de una aeronave comercial o no comercial, ya sea en vuelo regular, no regular o privado”.
La tasa de seguridad de la aviación corresponde al servicio que presta la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en los aeropuertos y aeródromos que integran el Sistema Nacional de Aeropuertos. Fue uno de los aumentos incorporados en el Presupuesto 2023.
De esta manera, los pasajeros emitidos desde la segunda semana de enero de 2023 deberán pagar el nuevo valor de la tasa de acuerdo a la categoría del vuelo:
-Vuelos internacionales: US$1,40 por cada pasajero;
-Vuelos regionales: US$1,40 por cada pasajero;
-Vuelos de cabotaje: $260 por cada pasajero.
Quiénes quedan exceptuados de pagar la tasa
-Niños y niñas de 3 años en el caso de los vuelos de cabotaje y menores de 2 años para vuelos internacionales o regionales.
-Diplomáticos.
-Pasajeros en tránsito: aquel pasajero que arriba al aeropuerto, hace escala y continúa el viaje en el mismo vuelo.
-Pasajeros que embarquen en aeronaves de matrículas públicas, nacionales o provinciales como las militares, sanitarias, policiales, aduaneras, en cumplimiento de su misión específica o en aeronaves sanitarias.
Fuente: TN