El proceso de inscripción se encuentra enmarcado normativamente en el Decreto 2299/11, Reglamento General de Instituciones Educativas de los Artículos 127° a 142°, allí se plantea el posicionamiento político-pedagógico y se pautan procedimientos claros para el trabajo institucional.
La Inspección de Educación Inicial del distrito de Coronel Rosales, informa el cronograma de acciones relacionadas con la inscripción y matriculación de alumnos en los JARDINES DE INFANTES:
14/11/23 al 17/11/23 Inscripción de las y los estudiantes por ingreso y pase, conforme al decreto N° 2299/11 (RGIE), Arts. 127 al 142 (inscripción) y 260 a 261 (vacunación). Relevamiento de ausencia de certificaciones del esquema de vacunación obligatorio de los alumnos y requerimiento de la regularización de la situación a los padres y/o adultos responsables de las y los estudiantes.
27/11/23 al 1/12/23 Exhibición de listados matriculados y lista de espera para el Ciclo Lectivo 2024.
Los criterios para la asignación de vacantes son:
1- Continuidad en caso de articulación pedagógica entre niveles y/o modalidades debidamente establecidas.
2- Hermanos de alumnos regulares del establecimiento educativo. Quedan comprendidas las situaciones de grupos convivientes originados en otras conformaciones o estructuras familiares, lo que deberá ser fehacientemente acreditado.
Se consideran alumnos regulares a todos los niños que, al momento de la inscripción, están matriculados en la institución educativa […] “hasta la finalización del respectivo nivel”.
3- Niños/as, alumnos/as según cercanía de domicilio al establecimiento educativo en condiciones de ingresar.
En el supuesto que el alumno acredite su cercanía de domicilio en una zona donde hubiese más de un establecimiento educativo y no hubiere vacantes en la elegida, corresponderá considerar la prioridad de acceso en aquella que se encuentre más cercana a su domicilio.
En relación al domicilio que se acredite para la inscripción, se considerará aquel desde el cual el niño concurre a la institución educativa, independientemente conste o no en el documento. En los casos en los que el domicilio declarado difiera del presentado en el documento, las familias o responsables deberán presentar una nota a manera de declaración jurada indicando:
– Causas de la situación planteada.
– Firma de padres y/o responsables.
4 – Hijos del personal docente y no docente del establecimiento educativo y de los establecimientos que articulen pedagógicamente.
5 – Sorteo público: se utilizará en los casos en que aún con la utilización de los ítems anteriores, persista la existencia de mayor cantidad de aspirantes que vacantes.
6 – Inscriptos fuera de término.
Los requisitos para la inscripción son:
-Planilla de inscripción completa
-Fotocopia de:
1. Documento del niño/a
2. Partida de nacimiento
3. Documento de los adultos responsables
4. Libreta sanitaria o certificados de vacunas.
Los adultos que se presenten a inscribir a los niños deben solicitar la constancia de inscripción correspondiente en el establecimiento.
Se recuerda que, si el niño/a no posee documentación, será igualmente inscripto, realizándose posteriormente las acciones que correspondan para obtener la documentación requerida.
En ningún caso será necesaria la presencia del niño al momento de la inscripción